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Más del 80 por ciento de la reforma de equilibrio de poderes fue aprobada

Luego de que la Comisión Primera del Senado decidera, en el primero de ocho debates de la reforma constitucional de equilibrio de poderes, terminar con...

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Luego de que la Comisión Primera del Senado decidera, en el primero de ocho debates de la reforma constitucional de equilibrio de poderes, terminar con el Consejo Superior de la Judicatura y reemplazarlo con el Sistema Nacional de Gobierno y Administración Judicial, se conoció que también se eliminará la reelección en los organismos de control y el voto preferente para Concejos y Asambleas departamentales.

 

“Se crea una sala de Gobierno, la cual es bastante conveniente en la reforma porque permite trazar las políticas de la rama judicial y velar por su administración presupuestal eficiente”, explicó el senador liberal Juan Manuel Galán.

 

Por su parte, el senador Armando Benedetti manifestó que “ya hay algunas reelecciones como la del fiscal, la del Consejo Nacional electoral, la de los magistrados de las Cortes. También irá la del procurador (...) pienso meter alcaldes y gobernadores”.

 

Además, se aprobó el artículo con el que se suprime la llamada “puerta giratoria” entre las cortes. “Ningún magistrado podrá estar en una corte y pasar a otra, o de allí pasar a la Procuraduría o Contraloría y de ahí ir a otra corte”, agregó.

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Por otro lado, también aprobaron la eliminación del voto preferente para las elecciones de las corporaciones públicas, es decir, las listas tendrán que ser cerradas pero con la condición de que sea “uno y uno”, hombre y mujer, según indicó la senadora Claudia López.

 

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“Todas las listas a Concejos y Asambleas departamentales, a la Cámara y al Senado, deberán cumplir con esta cuota del 50%”, dijo.

 

 

Estos son los artículos aprobados hasta el momento:

 

Artículo 1: Silla Vacía

 

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Artículo 2: coalición para corporaciones públicas

 

Artículo 3: condenado por Silla Vacía, no puede ni contratar con el Estado

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Artículo 6: deroga la obligación de reglamentar la reelección presidencial

 

Artículo 15: prohibición de reelección presidencial. El vicepresidente debe renunciar un año antes de la elección. Si el vicepresidente ejerce tres meses como presidente no podrá aspirar a la Presidencia.

 

Artículo 28: no reelección del Consejo Nacional electoral

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Artículo 29: no reelección del Registrador e inhabilidad por un año

 

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Artículo 8: maternidad y privación de la libertad por delitos diferentes a
la Silla Vacía, son faltas temporales con derecho reemplazo.

 

Artículo 10: Senado territorial departamentos menos de 500,000

 

Artículo 11: para ser senador debe ser mayor de 30 años. Identidad de indígenas y afros.

 

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Artículo 30: no reelección de contralor General y 1 año de inhabilidad

 

Artículo 19: no reelección de fiscal y 1 año de inhabilidad

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Artículo 21: sistema de gobierno judicial

 

Artículo 22: funciones de la junta gobierno judicial

 

Artículo 23: funciones de la dirección ejecutiva de administración judicial

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Artículo 16: elección magistrados de las cortes. Establece la mala conducta.

 

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Artículo 17: requisitos para ser magistrado de las cortes

 

Artículo 18: magistrados de altas cortes no se pueden reelegir y durarán inhabilitados por 1 año.

 

Artículo 24: Consejo Nacional de disciplina judicial

 

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Artículos Nuevos

 

-El que quede en el segundo lugar tras la elección de Presidencia,  Gobernación y Alcaldía, irá al Senado Asamblea y Concejo, respectivamente.

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-Funciones de la Junta de Administración Judicial.

 

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