Para pensionarse en Colombia, los afiliados deben cumplir los requisitos de edad y tiempo de cotización establecidos para su régimen. Por eso, revisar la historia laboral y verificar que estén registrados los periodos que pueden contabilizarse es fundamental para determinar si una persona reúne las condiciones para acceder a una mesada pensional.
Sin embargo, quienes hayan prestado el servicio militar obligatorio pueden acceder al reconocimiento de ese periodo para determinados efectos pensionales. El beneficio está contemplado en el artículo 45 de la Ley 1861 de 2017, que establece las reglas para contabilizar el tiempo de servicio militar según el régimen y las condiciones aplicables.
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Esta disposición señala que, en las entidades estatales de cualquier orden, el tiempo de servicio militar se computa para efectos de cesantías, pensión de vejez, pensión de invalidez, asignación de retiro y prima de antigüedad, conforme a los términos legales. También establece que los fondos privados deben contabilizarlo para las pensiones de vejez e invalidez.
¿Cuántas semanas puede reclamar por el servicio militar?
El tiempo que puede reconocerse depende del periodo durante el cual la persona prestó el servicio militar. La información disponible señala que el beneficio podría representar alrededor de 104 semanas, equivalentes a cerca de dos años, para quienes cumplan las condiciones correspondientes.
Este reconocimiento puede ayudar a completar el tiempo requerido para pensionarse. Sin embargo, es necesario distinguir entre la contabilización del periodo de servicio militar y los aportes económicos al sistema pensional, pues sus efectos dependen de las disposiciones aplicables a cada afiliado.
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Por esa razón, haber prestado el servicio militar no significa que todas las personas reciban automáticamente el reconocimiento de 104 semanas. La entidad encargada debe revisar los documentos y determinar si procede incorporar ese periodo a la historia laboral.
¿Cómo solicitar las semanas de servicio militar para la pensión?
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Las personas interesadas deben acreditar el tiempo durante el cual prestaron el servicio militar obligatorio. Para hacerlo, pueden necesitar el Certificado Electrónico de Tiempos Laborados (CETIL), cuando corresponda, o el documento oficial que permita demostrar ese periodo ante la administradora de pensiones.
Una vez obtengan la certificación, deben presentarla ante la entidad responsable de su pensión para que evalúe si procede incorporar el tiempo a su historia laboral.
El trámite debe adelantarse con los soportes exigidos para cada caso. Por eso, antes de presentar la solicitud, conviene consultar con la administradora cuál es el procedimiento aplicable y qué documentos se requieren.
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Quienes hayan prestado el servicio militar pueden revisar su historia laboral y consultar si ese periodo es susceptible de reconocimiento. Esta verificación permite establecer si el tiempo acreditado puede contribuir al cumplimiento de los requisitos pensionales, sin que ello garantice por sí solo el acceso a una pensión.