que hay un marco jurídico para la paz. Es de mayor importancia porque centra todo el debate, y la clave es la justicia transicional”.
“El marco jurídico para la paz introdujo un tema que siempre ha estado en la consideración de la Corte Constitucional para resolver ese clásico debate entre justicia y paz, que son los derechos de las víctimas a la verdad, a la justicia, a la reparación y la garantía de no repetición”, expresó Córdoba.
“La corte al haber examinado el tema de los criterios de priorización, selección y juzgamiento de máximos responsables le dio el visto bueno de constitucionalidad, pero fijó de cara al desarrollo de una ley estatutaria posterior unos requisitos que ahora cobran toda la importancia para determinar cuál es la solución sobre la eventual participación política de los excombatientes o desmovilizados”, agregó.
Por otro lado, el experto explicó que el último fallo quiere decir que ni la constitución, ni los tratados internacionales y menos la jurisprudencia internacional tiene una norma que limite que desmovilizados tras acuerdo de paz puedan incorporarse a la vida civil y participar en la vida democrática. La norma que está discutiendo la Corte señala que quienes participaron en delitos políticos tienen una vía abierta para participar en política.
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No obstante, el exmagistrado aclaró que la Corte señaló los requisitos que estableció la jurisprudencia y entre ellos están que esas personas deben haber sido sujeto de investigación y sanción, han debido dejar las armas, hallan contribuido al esclarecimiento a la verdad, reparado a las víctimas, liberado a los secuestrados, desvinculado menores reclutados y que no hayan cometido de manera sistemática crímenes de lesa humanidad y genocidio.
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Además, manifestó que la norma dice que no podrán ser considerados conexos al delito políticos esos que adquieran la connotación de crímenes de lesa humanidad y genocidios cometidos de manera sistemática, y en consecuencia no podrán participar en política y ser elegidos si han sido condenados por esos delitos. “Quien debe definir que esos delitos son conexos o no es el Congreso a través de una ley estatutaria que será revisada por un control previo a través de la Corte”, puntualizó.
Por último, manifestó que la Corte debería establecer, que en favor de la paz, los excombatientes puedan participar en política dentro de un marco de justicia transicional.