conductores que conduzcan en estado de embriaguez.
Con esta determinación queda en firme las medidas sancionatorias contra quienes infrinjan la norma.
Los magistrados acogieron la ponencia del togado Mauricio González Cuervo, en la que se contemplan como sanciones la pena de prisión que ahora pasaría de mínimo 32 meses a 53 y la máxima de 108 a 216 meses en caso de incurrir en los delitos de lesiones culposas y homicidio culposo.
La corporación hace una modificación a la norma y es que cuando se produzca un accidente de tránsito que deje personas heridas o muertas será un funcionario de la Fiscalía el que practique la prueba de alcoholemia.
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Cabe recordar que esta ley que estipuló multas que superan los 5 millones de pesos fue sancionada el año pasado por el presidente Juan Manuel Santos.
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Se establece además la suspensión de las licencias de conducción.