Corte Constitucional prohibió usar estas palabras en la legislación colombiana

Palabras como minusválido, discapacitados o personas limitadas no podrán ser utilizadas de ahora en adelante en la redacción de la legislación colombiana.

Corte Constitucional. Foto: Blu Radio
Corte Constitucional. Foto: Blu Radio

Sebastián Senior, profesor de la Universidad del Rosario y demandante, se refirió en Mañanas BLU al fallo de la Corte en relación al uso del lenguaje para que no sea entendido con fines discriminatorios u ofensivos contra las personas en situación de discapacidad (Lea también: Corte Constitucional tumbó minería en los páramos ).

 

“Básicamente lo que dice la Corte es que hay algunas expresiones en muchas leyes en el sistema colombiano que no son adecuadas y lo que hacen es generar discriminación a las personas en situación de discapacidad”, dijo.

 

En ese sentido agregó que lo que promovieron fue “una acción en las que le referenciamos más de 15 leyes a la Corte en las cuales identificamos cómo esas leyes de educación, salud, seguridad social, de pensiones, generan una discriminación”.

 

“Pedimos que eliminara esa terminología inadecuada, discriminatoria y la remplazara por una adecuada que se compareciera con la sociedad que tenemos hoy”, sostuvo (Lea también: Corte Constitucional se declara inhibida para estudiar eliminación del CSJ ).

 

La Corte con esta decisión sacó esa terminología de las leyes referenciadas, aunque Senior advirtió que “hay más normas en Colombia que siguen usando esas palabras pero no podíamos hacer un ejercicio tan amplio ni tan grande”.

 

Para Senior esta decisión marca una pauta de aquí en adelante al legislador y al ejecutivo a la hora de expedir decretos, resoluciones y normas administrativas para que esas expresiones desaparezcan.

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