Nuevo CNE definirá eventual apelación en caso personería jurídica de Colombia Humana

Colombia Humana no cumplía requisitos para personería jurídica, el CNE.

BLU Radio. Gustavo Petro / Foto: AFP.
RAUL ARBOLEDA/AFP

En entrevista con BLU Radio, el magistrado Felipe García, integrante del Consejo Nacional Electoral, CNE, habló sobre las motivaciones del organismo para negar la personería jurídica al movimiento Colombia Humana.

El magistrado, dijo que el otorgamiento de personería jurídica deviene de una norma constitucional, el 108 de la Constitucional, que establece dos condiciones: que el movimiento haya pasado por unas elecciones al Congreso y que en esas elecciones haya obtenido un número de votos igual o superior al 3% para esas elecciones.

“En el caso de Colombia Humana no presentó candidatos para las elecciones del 11 de marzo, de manera que no cumple con los dos requisitos”, explicó.

Añadió que el movimiento es un grupo significativo de ciudadanos que participó en unas elecciones presidenciales y aclaró serán los nuevos magistrados del CNE los que definirán una eventual apelación.

Vea también: ¿Por qué Colombia Humana se quedó sin personería jurídica?: opinión de Ricardo Ospina

La mayoría de la autoridad electoral respaldó la tesis de que la personería jurídica solo puede entregarse a quienes hayan participado en elecciones legislativas, contrario a lo que ocurre con Petro y su exfórmula a la Vicepresidencia, Ángela María Robledo, quienes tienen asiento en el Congreso por cuenta de la reforma de equilibrio de poderes, que garantiza dos escaños al segundo lugar en las elecciones presidenciales.

Al respecto, Petro lamentó ser el único movimiento que, con ocho millones de votos y representación en el Senado, no tiene Personería.

 
Al respecto, Ángela María Robledo dijo que se trata no de un derecho político, sino fundamental. Además, expresó que esperarán conocer el concepto del tribunal para saber qué camino tomar.
 
Escuche aquí las entrevistas:

 
 

 

"