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Patrimonio de galeón San José no se puede embargar: Consejo de Estado

El patrimonio que se encuentre será de propiedad de Colombia, determinó el tribunal.

241835_Galeón San José – Foto: Facebook Sea Search Armada
Galeón San José – Foto: Facebook Sea Search Armada

Todos los objetos sumergidos en el galeón San José le pertenecen a Colombia, así lo determinó el Consejo de Estado al resolver una acción popular que pedía amparar los derechos e intereses colectivos a la defensa del patrimonio cultural de la Nación.

El alto tribunal  negó las pretensiones de una acción popular que buscaba que se anulara el acto por medio del cual la Dimar reconoció que la empresa Sea Search Armada podía ser reconocida como denunciante de tesoros que eventualmente puedan encontrarse en el lugar donde se produjo el naufragio de la emblemática embarcación.

Esto, tras concluir que el reconocimiento de eventuales derechos a la empresa  norteamericana en relación con el galeón San José no afecta el patrimonio de la Nación, pues todas las piezas que se consideren como patrimonio cultural, histórico, arqueológico, o patrimonio cultural sumergido están blindadas por la ley.

"El derecho colectivo relacionado con la defensa del patrimonio cultural, histórico, arqueológico, o patrimonio cultural sumergido, es objeto de salvaguarda judicial reforzada, aunque los hechos causantes de su amenaza o vulneración hubiesen ocurrido con anterioridad a la vigencia de la Ley 472 de 1998", dice la sentencia del Consejo de Estado.

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El tribunal concluyó, además, que este patrimonio quedó también blindado con la decisión proferida por la Corte Suprema de Justicia  el 5 de julio de 2007, en la que definió el litigio protagonizado entre la sociedad norteamericana Sea Search Armada y el Estado colombiano.

En este fallo la Corte Suprema corrigió los yerros de los jueces civiles de instancia que habían otorgado derechos a la firma denunciante sobre todos los hallazgos que se rescataren, sin haber tenido en cuenta el cuerpo normativo que protege el patrimonio cultural.

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El Consejo de Estado tuvo en cuenta que "Los naufragios en los que se encuentren bienes producto de la actividad humana, que sean representativos de la cultura y que se hallen permanentemente sumergidos en aguas internas, fluviales y lacustres, en el mar territorial, en la zona contigua, la zona económica exclusiva y la plataforma continental e insular y otras áreas delimitadas por líneas de base, son considerados Patrimonio Cultural Sumergido, hacen parte del patrimonio arqueológico y son propiedad de la Nación. En estos se incluyen los naufragios de la época de la colonia, como es el caso, entre otros, del galeón San José", agrega la decisión.

En consecuencia, una vez extraídos los objetos que eventualmente se encuentren en el lugar donde naufragó el galeón, el Consejo Nacional de Patrimonio Cultural definirá cuáles de las piezas deben ser consideradas patrimonio cultural sumergido de la Nación y cuáles pueden considerarse como tesoros. Estos últimos serán los únicos a los que podría tener derecho la Sea Search Armada.

 

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