La Procuraduría solicitó al juez sexto penal del circuito con funciones de conocimiento, que el proceso contra Dayana Jassir De la Hoz, por la muerte del exdirector regional de Medicina Legal, Eduardo Pinto Viloria, debe cambiar de radicación a otra ciudad.
Esta petición fue realizada por el procurador 43 bajo los argumentos de que el abogado principal de la acusada, Julio Ojito Palma, estaba inhabilitado para ejercer la defensa ya que hasta el 5 de febrero de 2016 se retiró como magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito de Barranquilla.
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Pese a esto, el jurista intervino en el marco de este proceso judicial antes del 5 de febrero de 2018, sin que hubiera transcurrido el término mínimo de 2 años.
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Es decir, según explicó el procurador en su solicitud, Ojito Palma no debió ser abogado de la señora Jassir sino hasta después del 5 de febrero de este año.