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Corte Constitucional obliga a entregarle agua a mujer en Bucaramanga

Las empresas de servicios públicos tienen el deber de suministrar comomínimo 50 litros al día, por persona, indicó la Corte Constitucional en unfallo...

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Desabastecimiento de agua / Foto: aguasdelhuila.gov.co

Las empresas de servicios públicos tienen el deber de suministrar como
mínimo 50 litros al día, por persona, indicó la Corte Constitucional en un
fallo de tutela en el cual defendió los derechos vulnerados a una mujer en
Bucaramanga.

 

 La decisión señala que tales empresas pueden hacer
uso de cualquier medio idóneo, y no necesariamente a través de la conexión
del servicio de acueducto, por ejemplo, carro tanques, pilas públicas entre
otras.

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María Rosalba González de Cardona, gano esta acción judicial contra el Acueducto de Bucaramanga, actualmente vive en una zona escapada del norte de la ciudad, en un asentamiento humano cerca al barrio Ciudadela Café  Madrid.

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