Así, este martes 12 de abril empiezan los contribuyentes cuyo NIT termina en cero, el 13 de abril los terminados en 9, el 14 de abril los terminados en 8 y así sucesivamente hasta llegar al dígito 1. (Lea también: Recaudo tributario en primer trimestre de 2016 fue de $30,2 billones)
Las personas Jurídicas y Personas Naturales deben tener en cuenta los dos últimos dígitos de su NIT, comenzando con los comprendidos entre el 96 y 00 y terminando con los comprendidos entre el 01 y el 05.
En el caso de la declaración del Impuesto sobre la Renta para las Personas Jurídicas, este año, entre el 12 de abril y el 10 de mayo las Personas Jurídicas, Sociedades y Asimiladas, así como los contribuyentes del Régimen Tributario Especial, diferentes a los calificados como “Grandes Contribuyentes”, deberán presentar la declaración y pagar la primera cuota del Impuesto Sobre la Renta por el año gravable 2015, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT registrado en el RUT.
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