La plenaria del Senado de la República aprobó en último debate el proyecto de ley que establece impuestos al consumo de vapeadores, cigarrillos electrónicos y productos de nicotina oral en Colombia.
La iniciativa, que también actualiza los impuestos existentes sobre el tabaco y los cigarrillos tradicionales, busca desincentivar el consumo de estos productos y aumentar los recursos destinados a la salud y al deporte.
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El senador del Centro Democrático y ponente del proyecto, Juan Caicedo, explicó que, a diferencia de los cigarrillos tradicionales, los vapeadores y otros productos de nicotina no estaban incluidos en este esquema de tributación, por lo que la iniciativa establece por primera vez un impuesto específico para ellos.
“Con esto vamos a conseguir un recaudo de alrededor de un billón de pesos, que va destinado 16 % al deporte y el 84 % restante a la salud”, aseguró el congresista.
Según explicó Caicedo, la proyección corresponde a un recaudo anual que se distribuiría entre los departamentos. Los recursos destinados a salud se utilizarían inicialmente para el aseguramiento y, posteriormente, para programas de prevención e inversiones en infraestructura sanitaria.
¿Cómo se cobrarán los impuestos a los vapeadores?
El congresista explicó que el nuevo impuesto al consumo tendrá dos componentes que se sumarán para determinar cuánto deberá pagarse por estos productos.
El primero es un componente específico, que corresponde a una tarifa fija de 2.000 pesos por cada mililitro de líquido que contenga el vapeador, independientemente de su precio comercial.
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El segundo es el denominado componente ad valorem, que corresponde al 20 % del precio de venta final al público. Esto significa que el impuesto será de acuerdo al precio.
Para explicar cómo funcionará, Caicedo señaló un ejemplo en el que un vapeador de 50.000 pesos pasaría a costar aproximadamente 70.000 pesos, es decir, tendría un incremento de 20.000 pesos.
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El ponente señaló que, en términos generales, la presión fiscal sobre estos productos se ubicaría alrededor del 50 %.
¿Cuándo comenzarán a cobrarse los nuevos impuestos?
Otro de los aspectos explicados por el senador tiene que ver con los plazos establecidos para la entrada en vigor de los gravámenes.
Según Caicedo, los nuevos impuestos a vapeadores, cigarrillos electrónicos y productos de nicotina oral comenzarán a aplicarse seis meses después de la entrada en vigencia de la ley.
En cambio, los ajustes tributarios correspondientes al tabaco y a los cigarrillos tradicionales tendrían aplicación inmediata una vez entre en vigor la norma, debido a que estos productos ya contaban con un impuesto al consumo.
¿Qué busca el Congreso con estos impuestos?
Caicedo aseguró que la iniciativa tiene dos objetivos principales: reducir el consumo de estos productos y fortalecer las finanzas de los departamentos con recursos adicionales para el sistema de salud.
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Sin embargo, advirtió que durante la discusión también se evaluó el riesgo de que unas tarifas demasiado elevadas estimularan el contrabando.
Frente a los reparos del Ministerio de Salud sobre el posible impacto de las tarifas en el consumo de cigarrillos tradicionales, Caicedo se pronunció:
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“Mire, para el tema de cigarrillos, que era lo que le preocupaba al ministerio, la Organización Mundial de la Salud dice, la presión fiscal debe ser de alrededor del 75 % para esos productos. Nosotros, con lo que aprobamos hoy, la dejamos en 81 %. Entonces, ahí yo no entiendo, pues, ya el Gobierno y el de Salud, yo respeto las posturas de ellos, pero creo que nosotros estamos yendo en concordancia con lo que nos dictan los parámetros de la Organización Mundial de la Salud”, señaló.