Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Publicidad

Fallan acción de tutela a favor de Clifor, perro que padece de epilepsia

El animal necesita de un medicamento que solo es autorizado por el Estado.

370411_Clifor. Foto: Cortesía
Clifor. Foto: Cortesía

Clifor es un perro de raza Schnauzer que sufre de epilepsia idiopática, lo que le produce convulsiones frecuentes. La única forma de tratar los síntomas es por medio de un medicamento que se llama Fenobarbital, el cual es autorizado y controlado por el Estado.

En el caso del departamento del Tolima, el Fondo Rotatorio de Estupefacientes, entidad adscrita a la Secretaría de Salud del departamento, es el encargado de su venta.

A raíz de la pandemia del coronavirus y la falta de atención al público por parte de la Secretaría de Salud, Lina Sofía Lozano Cardenas, propietaria del canino, no pudo acceder al medicamento, por lo que instauró una acción de tutela donde el pilar principal era el derecho a la familia.

“El artículo 42 de la Constitución establece que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad. En este artículo se han desprendido todas las formas de familia que conocemos y que son respetadas en el ordenamiento jurídico. Si hay multiformas de familia, porque no aceptar una forma de familia en la que yo quiero que mi familia esté conformado por mi perro y por mi. En ese sentido, todas las formas de familia deben ser respetadas, este fue el argumento principal de la tutela”, señaló a BLU Radio Enrique Arango, abogado del caso.

Publicidad

Lea también: Video: Entrenan perros colombianos para detectar el coronavirus

La Secretaría de Salud respondió a la acción de tutela señalando que no había disponibilidad del medicamento, debido a que se estaba adelantando el proceso de contratación con el Fondo Rotatorio de Estupefacientes.

Publicidad

Por su parte, el Fondo Rotatorio de Estupefacientes respondió que el medicamento se dejó de suministrar al departamento del Tolima por una deuda que tiene la Secretaría de Salud desde el año pasado con ellos.

Con esta decisión, el Juzgado Primero Penal del Circuito de Ibagué reconoció el derecho a la unidad familiar y el derecho a la supervivencia del animal, y asimismo ordenó que, en menos de 48 horas, se entregara el medicado al accionante.

La Secretaría de Salud dio cumpliendo a dicho fallo, consiguiendo el medicamento en otro departamento.

 

  • Publicidad