
La venta de ciclomotores en condiciones informales e ilegales está creciendo en Colombia, según advirtió la Cámara de la Industria de Motocicletas de la ANDI. Esta situación preocupa al gremio, que señala riesgos para la seguridad vial y el cumplimiento de las normas de tránsito.
De acuerdo con la ANDI, estos vehículos están siendo comercializados sin cumplir con la resolución 160 de 2017 del Ministerio de Transporte, que regula sus características y uso.
En muchos casos, los vendedores ofrecen información engañosa sobre los requisitos para circular y omiten advertencias sobre la necesidad de portar elementos de protección o cumplir normas de tránsito.

Principales irregularidades identificadas
- Se promocionan como si no necesitaran matrícula, SOAT o licencia de conducción.
- Se venden en puntos no autorizados, como droguerías o establecimientos sin experiencia en movilidad.
- Se induce al comprador a creer que pueden circular libremente por ciclorrutas y espacios restringidos.
- No se informa adecuadamente sobre el uso obligatorio de elementos de protección personal.
Iván García, director de la Cámara de la Industria de Motocicletas de la ANDI, afirmó que la situación ha tomado fuerza:
"Estamos presenciando un incremento alarmante de la informalidad y la ilegalidad en la comercialización y uso de ciclomotores en Colombia. Esta situación está generando serias afectaciones a la seguridad vial y al cumplimiento de la normativa de tránsito".
Disminuye el registro formal, crecen las importaciones
Según cifras compartidas por la ANDI:
- El registro formal de ciclomotores en el RUNT cayó un 51 % entre 2022 y 2024.
- Las importaciones de vehículos que se presentan como “bicicletas eléctricas” aumentaron más del 700 % solo en 2024.
- El gremio considera que este comportamiento evidencia un paso acelerado hacia la informalidad, impulsado por vacíos en control e información al consumidor.

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¿Cómo distinguir un ciclomotor de una bicicleta eléctrica?
Una de las claves para abordar el problema es diferenciar correctamente estos dos tipos de vehículos, ya que están sujetos a requisitos distintos. Esta es la comparación según la resolución 160 de 2017:
Característica | Bicicleta eléctrica o de pedaleo asistido | Ciclomotor |
Peso máximo | Hasta 35 kg | Puede superar los 35 kg |
Velocidad máxima | 25 km/h con asistencia | Puede superar los 25 km/h |
Potencia nominal del motor | Hasta 350 vatios | Hasta 4000 vatios |
Funcionamiento del motor | Solo con pedaleo activo, se apaga al dejar de pedalear | Tiene acelerador, puede avanzar sin pedalear |
Requiere matrícula, SOAT y licencia | No | Sí |
Puede circular por ciclorrutas | Sí | No |
Frente a este panorama, la Cámara de la Industria de Motocicletas ha solicitado a las autoridades y entidades de control la adopción de medidas urgentes para frenar el crecimiento de la comercialización ilegal:
- Fortalecer los mecanismos de vigilancia y control.
- Sancionar a los comercializadores que incumplen la ley.
- Aclarar la normativa vigente a los organismos de tránsito.
- Implementar campañas de información dirigidas a consumidores.
- Actualizar la clasificación de vehículos de dos ruedas.
- Coordinar acciones con autoridades locales para reforzar controles.
- Revisar y ajustar la normativa aplicable, especialmente en ciudades como Bogotá.