Aborto podrá seguirse practicando en casos permitidos sin importar tiempo de gestación

La Corte Constitucional tumbó la ponencia de la magistrada Cristina Pardo que establecía como límite de tiempo para abortar las 24 semanas de gestación.

Embarazo
Foto: AFP, imagen de referencia

Con una votación de 6 a 3, los magistrados del alto tribunal determinaron que la jurisprudencia de la Corte en el año 2006 estableció los casos permitidos para la práctica de la Interrupción Voluntaria de Embarazo en Colombia sin límite de tiempo.

Consideraron en su decisión que establecer un límite le correspondería al Congreso de la República y por ello hubo un exhorto al legislativo para que regule la materia y los plazos para esta práctica.

“La Corte pretende no limitar el derecho que tienen las mujeres dentro de las tres causales establecidas por la jurisprudencia constitucional”, indicó el magistrado Alejandro Linares.

En el caso particular de la mujer, quien con 26 semanas solicitó el derecho al aborto, la Corte consideró que en los obstáculos que hubo para acceder a su derecho hubo una forma de violencia contra y por lo tanto es reprochable que haya este tipo de “barreras” administrativas en el sector de la salud.

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“La insistencia de barreras de protección 12 años después de una sentencia que es clara sigue siendo un gran problema y eso conspira con la convención de la eliminación de todas las formas de violencia contra la mujer y esta es una de esas”, señaló el magistrado José Fernando Reyes Cuartas.

En el caso estudiado de la mujer, la Corte advirtió que la medida cautelar en la tutela que pidió para interrumpir su embarazo no era un “feticidio” porque estaba dentro de las causales para poder realizar la práctica del aborto, es decir, el feto tenía una malformación grave y ponía en riesgo su vida.

 
 

 

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