La Corte Constitucional mantuvo su decisión para que el Ministerio de Salud expida una regulación sobre el tema del aborto permitido en tres casos especiales; así lo señaló el tribunal al negar una solicitud de nulidad formulada por 20 congresistas, entre ellos el expresidente Álvaro Uribe Vélez.
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La Corte les dijo a los congresistas que el exhorto hecho al Congreso para que legisle ante la materia no puede ser interpretado como una indebida intromisión por parte del tribunal, ya que es una solicitud.
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“Es claro que en el artículo 15 de la Constitución Nacional dispone como primera función asignada al Congreso de la República, hacer las leyes, luego es indiscutible que el legislador tiene a su cargo la tarea interpretativa de la luz”, contestó la Corte.
Para la Sala Plena de la Corte Constitucional, resulta evidente que el legislador está llamado a regular esta materia y aún no lo ha hecho.
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También la Corte Constitucional señaló que los congresistas no son competentes para solicitar esa nulidad.
Consulte la sentencia en su integridad: