Desde el Departamento de Control, Comercio de Armas, Municiones y Explosivos de las Fuerzas Militares se hicieron aclaraciones sobre la aplicación de la nueva norma y se explicaron las pautas que deberán tener en cuenta los ciudadanos.
El coronel Héctor Alexánder Juzga León aclaró que todos los ciudadanos que tengan un permiso de porte de arma vigente podrán movilizarse por el territorio nacional portando su arma, siempre y cuando el permiso se encuentre vigente.
También explicó que las autoridades militares en todo el territorio nacional serán las encargadas de expedir las resoluciones pertinentes, de acuerdo con sus respectivas áreas de responsabilidad, para permitir la circulación de los ciudadanos que cuenten con un permiso de porte vigente.
Asimismo, aclaró que el trámite de permisos nacionales y regionales, que anteriormente tenían un carácter especial, quedó anulado. Según explicó el oficial, ahora el ciudadano que quiera portar su arma en cualquier lugar del territorio nacional únicamente deberá movilizarse con su permiso de porte vigente.
El Departamento de Control, Comercio de Armas, Municiones y Explosivos invitó a los ciudadanos que tengan vencido su permiso de porte a realizar la respectiva actualización. El coronel Juzga León señaló que el único canal autorizado para adelantar este trámite es la plataforma CIAEM 2.0, a través de la cual se pueden iniciar los procesos de revalidación.
Publicidad
El oficial también detalló que las personas cuyo permiso lleve más de 30 días vencido deberán pagar, al iniciar el trámite en la plataforma, una multa equivalente a un salario mínimo legal vigente.
“Posterior a ese pago, podrá iniciar en plataforma los trámites y el Departamento de Control, Comercio de Armas, con las 36 seccionales que tenemos desplegadas en el territorio, podrá efectuar los estudios, validaciones y verificaciones con las autoridades competentes”, explicó el coronel Juzga León.
Según indicó, estas verificaciones incluyen consultas ante la Policía Nacional, Interpol, la Fiscalía General de la Nación y el propio Departamento de Control, Comercio de Armas, con el propósito de dar cumplimiento a la Ley 2535 de 1993 y adelantar la expedición o actualización de los permisos de porte y tenencia de armas.
Publicidad
Finalmente, las autoridades recordaron a los ciudadanos que deben recurrir únicamente a los canales oficiales para realizar estos trámites y enfatizaron que no se requieren intermediarios ni terceros para adelantar estos procesos.
Compartimos con ustedes la siguiente información con relación al decreto 1368 de 2026, expedido por el Gobierno Nacional el pasado 8 de septiembre, sobre la suspensión general de los permisos para el porte de armas. pic.twitter.com/A3iCP4NL0X
— Fuerzas Militares de Colombia (@FuerzasMilCol) September 9, 2026