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Luigi Echeverry desliga campaña de Duque de polémico ingreso de dineros al CD

Aclara que los gastos de campaña y el partido son totalmente independientes y que estos tienen un tope.

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Iván Duque // Foto: Presidencia

La campaña del presidente Iván Duque durante las últimas semanas ha sido fuertemente criticada por algunos sectores políticos tras escucharse un audio de la directora de este partido, Nubia Stella Martínez, con la exsecretaria del expresidente Álvaro Uribe, María Claudia ‘Caya’ Daza, del posible ofrecimiento de 300.000 dólares que hizo un empresario venezolano para la campaña política.

En el comunicado Luis Guillermo Echeverry aclara que los gastos de campaña y el partido son totalmente independientes y que estos tienen un tope.

“Las campañas y el partido que inscribe el candidato, en este caso el Centro Democrático, son entidades totalmente independientes, jurídica, legal, financiera, administrativa y operativamente”, señala el escrito.

“El fondeo de un partido político es permanente y combina recursos públicos que le da el Estado, donaciones e ingresos por reposición de votos. Dicho financiamiento está reglamentado por la ley y no tiene nada que ver con las campañas políticas”, agregó Echeverri en el comunicado.

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Es de señalar que en este momento el Consejo Nacional Electoral hace un estudio de las cuentas que presentó la campaña Duque Presidente al igual que la Fiscalía General de la Nación.

Así mismo el partido Centro Democrático señaló en sus redes sociales cómo funciona la donación a los partidos políticos.

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1. Los partidos políticos, para su funcionamiento y actividades se pueden financiar de las contribuciones, donaciones y créditos, en dinero o especie, de sus afiliados y/o de particulares, personas naturales o jurídicas.

2. Al donante se le expide el respectivo certificado de donación, que podrá ser presentado en la DIAN para recibir un alivio tributario en su declaración de renta.

3. Los partidos políticos son declarantes y no contribuyentes, lo que quiere decir que no pagan impuestos, pero deben presentar declaración de ingresos y patrimonio.

4. La declaración de ingresos y patrimonio se debe presentar a la Dian y al Consejo Nacional Electoral (CNE) de manera anual, en los primeros 90 días del año.

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5. Para garantizar la transparencia de las donaciones e ingresos de los partidos políticos la DIAN podrá ejercer fiscalización sobre las entidades y solicitar la información que considere pertinente.

6. Las empresas extranjeras, legalmente establecidas, podrán realizar donaciones a los partidos políticos siempre y cuando declaren renta en Colombia.

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7. Supongamos que una empresa de gaseosas NNA Cola fue fundada en Chile o en EE.UU., pero declara renta en Colombia. Esa empresa podría donar a un partido político, amparada por la ley.

8. Las donaciones a partidos políticos pueden ser del valor que considere el donante, siempre y cuando quede registrado en la declaración de ingresos y patrimonio que presenta el partido a la DIAN y al CNE.

 

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