El terremoto de magnitud 7,4 que sacudió al país el pasado 10 de agosto dejó miles de edificaciones afectadas y abrió interrogantes sobre la responsabilidad de las reparaciones y el alcance de las pólizas. Antes de iniciar obras, es clave verificar las coberturas y documentar los daños.
De acuerdo con el balance citado por el Gobierno nacional, la emergencia dejó 6.005 edificios averiados y 743 colapsados. Además, con corte al 4 de septiembre, más de 466.000 personas habían resultado afectadas en 498 municipios de 16 departamentos.
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Ante este panorama, propietarios y administradores de conjuntos residenciales deben establecer qué elementos sufrieron daños, si existe riesgo para los habitantes y cuáles son las condiciones del seguro vigente.
¿Qué daños cubre el seguro de una propiedad horizontal?
El primer paso es consultar la póliza contratada por la copropiedad, sus anexos, exclusiones y valores asegurados. El artículo 15 de la Ley 675 de 2001 establece que los edificios y conjuntos sometidos al régimen de propiedad horizontal deben contar con seguros que amparen los bienes comunes asegurables contra incendio y terremoto.
Sin embargo, esa protección no significa que todos los apartamentos, sus contenidos y las mejoras privadas estén cubiertos automáticamente. La póliza de la copropiedad se enfoca en los bienes comunes, mientras que la protección de las áreas privadas depende de los seguros individuales y de las condiciones pactadas.
Por eso, es importante identificar si la afectación corresponde a fachadas, cubiertas, escaleras u otros espacios compartidos, o si compromete elementos privados de una vivienda.
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Daniel Laverde, vocero de Properix en Colombia, advierte que tener organizada la documentación facilita la respuesta ante una emergencia. Entre los registros relevantes están las pólizas vigentes, los mantenimientos realizados, los contratos y los informes técnicos.
¿Cómo determinar la gravedad de los daños?
Las grietas no siempre representan un riesgo estructural, pero tampoco deben ignorarse. Las fisuras superficiales pueden afectar acabados, mientras que los daños en columnas, vigas, cimientos o muros de carga requieren una evaluación especializada.
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La seguridad del inmueble no debe determinarse únicamente mediante fotografías o apreciaciones visuales. Si hay indicios de afectación estructural, se necesita una revisión de profesionales competentes y, cuando corresponda, de las autoridades de gestión del riesgo.
El abogado Séifar Andrés Arce Arbeláez, especialista en derecho procesal civil y propiedad horizontal, señala que también debe establecerse si el daño afecta bienes comunes o privados y quién está facultado para presentar la reclamación.
Documentos que conviene reunir para reclamar
Antes de adelantar reparaciones, siempre que no se ponga en peligro a las personas, se recomienda:
- Tomar fotografías y videos de las afectaciones.
- Solicitar diagnósticos e informes técnicos.
- Consultar la póliza, sus anexos y las exclusiones.
- Reunir facturas y antecedentes de mantenimiento.
- Informar el siniestro a la aseguradora y conservar los soportes de la reclamación.
Además, el Decreto 1423 de 2026 estableció medidas extraordinarias durante dos años para propiedades horizontales directamente afectadas por el terremoto en municipios incluidos en la zona de emergencia. Entre otras disposiciones, permite destinar recursos del Fondo de Imprevistos a estudios, reparaciones, reforzamientos y reconstrucciones, bajo las condiciones previstas.
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Así, conocer el alcance del seguro, conservar las pruebas y obtener un diagnóstico técnico son pasos fundamentales para determinar cómo proceder y evitar complicaciones durante la reclamación.