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Consejo de Estado tumbó curul de Ángela María Robledo: opinión de Ricardo Ospina

Según el tribunal administrativo, la excandidata a la vicepresidencia incurrió en doble militancia.

Ángela María Robledo // Foto:EFE
Ángela María Robledo.
Foto: EFE

En medio del muy crispado ambiente en las calles del país por las protestas del Paro Nacional de este 25 de abril, hubo otra noticia muy importante en Colombia en las últimas horas que lo que hace es generar mucha controversia en el ambiente político. 

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Hablo de la decisión del Consejo de Estado de anular la elección de Ángela María Robledo como representante a la Cámara, en este caso por la Colombia Humana, cargo que había ocupado en virtud del Estatuto de la oposición que contempla que a partir de 2018 los segundos en número de votos a la Presidencia y a la Vicepresidencia obtengan una curul. 

¿Qué dijo el Consejo de Estado? Que la prohibición de la doble militancia fue establecida en el artículo 107 de la Constitución, que lo modificó el acto legislativo 1 de 2009, que dice lo siguiente: “En ningún caso se permitirá a los ciudadanos pertenecer simultáneamente a más de un partido o movimiento político con personería jurídica”. 

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