La Alcaldía de Bogotá emitió este martes el decreto 092 el cual imparte órdenes e instrucciones con relación al aislamiento obligatorio en la capital. La normatividad contiene disposiciones especiales frente a la regulación de los servicios de domicilios.
El decreto impone condiciones especiales en instituciones de atención al público como bancos, notarías, operadores de pago, centros de llamadas y contacto, como por ejemplo el establecimiento de jornadas de teletrabajo; también dispone una distancia de dos metros entre personas en las filas.
Otro punto clave es la restricción para tomar taxis en la calle, servicio que, según dispone el decreto, debe tomarse a través de teléfono o vía plataformas.
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En cuanto al servicio de domicilios, se imponen medidas de salubridad como la desinfección de elementos de trabajo tres veces al día, evitar aglomeraciones superiores a cinco personas en sitios de despacho de productos o espacio público y disposiciones especiales para el empaque y sellado de alimentos. No podrán prestar servicios de domicilios personas que presenten signos gripales, según lo dispuesto por el Distrito.
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El decreto 092 también prohíbe el consumo de bebidas embriagantes en espacio público, desde este miércoles hasta el 13 de abril. Las personas podrán adquirir licor, pero máximo un producto por persona y los establecimientos tendrán que llevar un registro de las ventas.
Otra medida es la limitación del servicio de transporte intermunicipal en Bogotá, limitando el servicio a habitantes de cada ciudad o municipio de destino.
Conozca la normatividad:
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