Superindustria y Comercio formuló pliego de cargos a Sociedad Portuaria de Buenaventura

La superintendencia anunció que podrá imponer hasta 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes por cada infracción al régimen de libre competencia.

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La Superintendencia de Industria y Comercio formuló pliego de cargos a la Sociedad Portuaria de Buenaventura y cuatro funcionarios y exfuncionarios por obstrucción a la actividad de operadores en ese puerto desde el 2013.

Se trata de Víctor Julio González Riascos, exrepresentante legal, exgerente general y miembro suplente de la junta directiva de la Sociedad Portuaria. También está Fernando Arturo Aulestia, gestor comercial, Jorge Andrés Gallegos Collazos, exgerente comercial y Marco Antonio Vacca García, jefe de planeación y operación terrestre senior.

Estas personas, a las que se les imputaron cargos, presuntamente implementaron un sistema anticompetitivo para impedir la prestación de los servicios a los usuarios y operadores con restricciones para la movilización de contenedores, manejo de carga y doble cobro de servicios.

"Presuntamente habrían facilitado, colaborado, autorizado, promovido, impulsado, ejecutado y/o tolerado la infracción por la cual se investiga a la sociedad. La SIC recibió quejas por operadores portuarios, agencias de aduanas y usuarios del Puerto, evidenciado que, por lo menos desde el 2013, SPRBUN habría aprovechado su rol como administrador de la infraestructura del Puerto para así implementar un conjunto de comportamientos y estrategias que le permitieran incrementar indebidamente su participación y la de sus empresas afiliadas (ZELSA Y TECSA)", dice el documento.

"Esta estrategia habría afectado a los usuarios y operadores, los cuales se vieron sometidos a restricciones para la movilización de contenedores, obstáculos para realizar el manejo de la carga doble cobro de algunos servicios portuarios", agrega el comunicado.

La Superintendencia anunció que podrá imponer hasta 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes por cada infracción al régimen de libre competencia, mientras tanto a las personas naturales que sean halladas Como responsables, hasta de 2.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes por infracción.

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