Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Publicidad

Revocatoria de alcalde Enrique Peñalosa, en manos de la Registraduría

El CNE dejó en firme las sanciones al vocero del comité promotor, pero revocó un artículo que impedía expedir el certificado de cuentas.

315528_BLU Radio / Enrique Peñalosa / Foto: Secretaría de Planeación de Bogotá
BLU Radio / Enrique Peñalosa / Foto: Secretaría de Planeación de Bogotá
El Consejo Nacional Electoral volvió a poner sobre

la mesa el debate sobre el trámite de la revocatoria del mandato del alcalde mayor de Bogotá, Enrique Peñalosa.

Vea también Seremos absolutamente drásticos para impedir bloqueos a TransMilenio: Peñalosa

Si bien queda en firme la multa de 26 millones de pesos que tendrá que pagar el vocero del comité promotor de la iniciativa, Gustavo Merchán, por las irregularidades que se presentaron en las cuentas, será la Registraduría quien finalmente defina si se dio cumplimiento de las normas y requisitos.

La autoridad electoral revocó un artículo de la resolución con la cual fue sancionado Merchán al considerar que, de cierta forma, se tomaron medidas por fuera de la competencia del CNE.

“No se debió entonces ordenar al Fondo Nacional de Financiación Política abstenerse de certificar el cumplimiento de las normas vigentes, ya que todos los requisitos que debe de cumplir la iniciativa denominada "UNIDOS REVOCAMOS EL MANDATO DEL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ", independientemente de la sanción impuesta al “vocero Único”, es competencia de la Registraduría Nacional del Estado Civil”, dice la nueva resolución.

Publicidad

El Consejo dice que no pretende ser un obstáculo para el control político que puedan llegar a ejercer los ciudadanos frente al programa de Gobierno presentado por sus gobernantes, pero hace un llamado a quienes lideran este tipo de iniciativas para ser “cuidadosos en todas las etapas, incluida la presentación de los estados contables “que deben reflejar íntegramente todas las donaciones en dinero o en especie, como de las contribuciones para acreditarlas contablemente como ayudas en especie valoradas a su precio comercial y que no se hizo”.

La Registraduría deberá definir si se cumplió entonces con lo que dictan la Constitución y la Ley en esta materia, partiendo de los hallazgos que hizo el CNE.

Publicidad

 
 

 

  • Publicidad