Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Publicidad

Este es el régimen legal que le ayuda cuando se declara en quiebra

En BLU Radio hablamos de la Ley de Insolvencias y cómo beneficia a las personas naturales que no pueden pagar sus deudas.

330378_Blu Radio/ Referencia dineros. Foto: BLU Radio
Blu Radio/ Referencia dineros. Foto: BLU Radio

Miles de colombianos se han visto ahogados por deudas adquiridas o heredadas, el problema está cuándo no pueden cumplir con sus obligaciones de pago.

Lo que pocos saben es que desde el pasado 1 de octubre de 2012 entró en vigencia el Régimen de Insolvencia que beneficia

a las personas naturales y que le da un ‘respiro’ a los deudores.

Vea aquí: ¿Por qué México subió salario mínimo 20% y Colombia no puede hacerlo al 8%?

En BLU Radio hablamos con César Ucros, exsuperintendente de Sociedades y quien es además abogado de la Universidad Externado de Colombia, que explicó los beneficios de esta norma.

A su vez, la doctora Mónica Duque, experta en el tema, afirmó que es muy amplio el desconocimiento de las personas hacia este beneficio.

Publicidad

“El Ministerio de Justicia tiene la obligación de dar a conocer la ley, comunicar que existe, esto no se ha hecho. Realmente la ley de insolvencia le cambia la vida a la gente”, precisó Duque.

Publicidad

La experta asegura que, basada en cifras de la Superintendencia Financiera, actualmente hay 195.000 deudores y solamente se han acogido a esta ley 3.884 personas.

“La ley beneficia a amas de casa, a la persona que quedó de codeudor y quedó con grandes deudas. Con esta ley se puede llegar a varios acuerdos con los bancos”, puntualizó Duque.

Lea además: ¿Qué viene después de los cinco años del descalabro de Interbolsa y Fondo Premium?

Entre tanto, el doctor Ucros recordó que esta ley cobija a la persona natural, no comerciante ni controlante de una sociedad comercial, tampoco a un accionista mayoritario.

Publicidad

“Para poder acogerse a este régimen deben tener más de 90 días en mora la mitad de sus deudas”, indicó.

Para esto, la doctora Duque señaló que el proceso debe ser llevado a un centro de conciliación aprobado por el Ministerio de Justicia.

Publicidad

“Hay 50 centros de conciliación especializados en estos casos en el país. En las notarías también se puede hacer el trámite”, precisó.

Escuche la entrevista completa aquí:

Publicidad

Vea el Facebook live de esta charla aquí:

Publicidad

 

  • Publicidad