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Gracias a decreto, Gobierno dará subsidio a estratos 1, 2 y 3 en estas zonas en Colombia

Este subsidio será destino para reducir temporalmente el valor de las facturas de acueducto, alcantarillado y aseo, pero no será para todo el país.

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Subsidios.
Foto: Prosperidad Social.

Tras el terremoto de 7.4 del pasado 10 de agosto, fue activado el decreto 1493 del 6 de octubre por parte del Gobierno De La Espriella con el cual se brindará un subsidio para estratos 1, 2 y 3 para las personas afectadas por esta emergencia como una ayuda para reducir, temporalmente, el valor de las facturas de acueducto, alcantarillado y aseo.

“Que, resulta necesario establecer reglas claras, sencillas y oportunas que permitan identificar y acreditar a los beneficiarios, articular la información de gestión del riesgo con los sistemas comerciales de las personas prestadoras, precisar la base de cálculo y las condiciones de aplicación del subsidio excepcional, garantizar su reconocimiento en los casos de reubicación, definir mecanismos de financiación y giro de recursos, evitando cargas administrativas que puedan retrasar o impedir injustificadamente su materialización”, explica el subsidio.

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Subsidios.
Foto: Freepik.

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¿Quiénes pueden acceder a este subsidio del Gobierno?

Los interesados deben estar inscritos en el Registro Único de Damnificados (RUD) para determinar si son o no víctima del terremoto, además, verificar las condiciones de conexión de los servicios públicos en el inmueble. Esta evaluación permite determinar si la vivienda cumple los criterios establecidos para recibir la reducción en la factura.

De esta manera, el Ministerio de Vivienda determinará los descuentos aplicados al igual que los periodos de vigencia para cada uno de los hogares afectados, a partir de la vigencia de este decreto.

En ese orden, será para zonas afectadas: Eje Cafetero, Chocó y Valle del Cauca, entre otros, según lo determine el Gobierno nacional en su estudio.

Esta medida cubrirá el cargo fijo y consumo básico del acueducto y alcantarillado, mientras que en el caso de aseo será sobre el valor del subsidio correspondiente a la tarifa. Se aplicará máximo en seis facturas para usuarios de cobro mensual, en el caso bimestral, hasta tres.

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