Inversionistas sin domicilio en el país deberán declarar con firma electrónica
La medida cobija aproximadamente a 9.000 inversionistas.
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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN- señaló que, a partir del próximo 01 de enero de 2017, las cerca de 9.000 entidades o personas extranjeras sin domicilio en Colombia que tengan una inversión en el país y que al momento de enajenar esta inversión se encuentran obligadas a cumplir con las obligaciones tributarias, deberán presentar sus declaraciones de manera virtual.
El Subdirector de Gestión de Fiscalización Internacional de la DIAN, José Alejandro Mejía Giraldo aseguró que estas personas deberán presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios con pago del impuesto a cargo generado por cada operación o transacción, directamente o a través de su representante, agente o apoderado, en los bancos y demás entidades autorizadas, ubicados en la jurisdicción de la DIAN que corresponda a la dirección del representante, agente o apoderado del inversionista.
El directivo destacó como principales cambios en el tema los siguientes:
• El formulario a utilizar será el 150, a partir del 01 de enero de 2017 (www.dian.gov.co/servicioalciudadano/formularios)
• La declaración se presentará de manera virtual con firma electrónica, lo cual genera mayor trazabilidad, confiabilidad y seguridad jurídica; y para esto los representantes, agentes o apoderados deberán contar con mecanismo digital si aún no lo tienen.
• Los contribuyentes tendrán una sola declaración, tanto para las personas naturales, como para las personas jurídicas. Lo anterior permite el pago virtual, evitando desplazamiento a bancos.
• La declaración se podrá presentar en cualquier parte del país y en el exterior.