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Fotomultas deberán ser notificadas personalmente y por correo certificado

Autoridades de tránsito deberán seguir requisitos para cobro de las llamadas “fotomultas”, advirtió la Corte Constitucional.

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Las “fotomultas” deberán ser notificadas personalmente y mediante un correo certificado en los tres días siguientes a los hechos registrados y de incumplirse cualquiera de estos requisitos estas podrían ser anuladas o declaradas ilegales.
 
La Corte Constitucional consideró que se debe proteger el derecho al debido proceso y a la defensa en este tipo de situaciones.
 
 "La falta de notificación de los actos administrativos, implica que los afectados no tengan conocimiento de los pronunciamientos administrativos", precisa la decisión.

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