Blu Radio conoció en primicia que el Consejo de Estado decidió no modificar la medida cautelar que suspendió el decreto que fijó el salario mínimo para 2026 y ordenó al Gobierno expedir un nuevo acto con un incremento transitorio.
En la providencia conocida por este medio, el alto tribunal explicó que sí puede ordenar a las autoridades administrativas adoptar decisiones necesarias para garantizar el objeto del proceso, sin que esto implique reemplazar al Ejecutivo.
Según el despacho, la orden no fija un porcentaje específico de aumento, sino que obliga a establecerlo bajo criterios legales mientras se emite un fallo definitivo.
El recurso había sido presentado por uno de los demandantes, quien alegó extralimitación de funciones, falta de congruencia y una supuesta anticipación del fallo. Sin embargo, el Consejo de Estado desestimó estos argumentos y sostuvo que la medida se ajusta a la ley y no constituye prejuzgamiento.
“En ese sentido, resulta claro que este despacho se encontraba legalmente habilitado para ordenar a las entidades demandadas la expedición de un decreto mediante el cual se fijara un porcentaje transitorio de incremento al salario mínimo legal para el año 2026, con efectos provisionales y hasta tanto se profiera sentencia definitiva dentro del proceso”, se lee en el documento.
Además, el Consejo de Estado negó una solicitud de aclaración al considerar que la decisión ya estaba suficientemente sustentada y no contenía aspectos confusos.
Fue el pasado 12 de febrero cuando el magistrado Juan Camilo Morales decidió suspender provisionalmente los efectos del decreto y ordenó al Gobierno del presidente Gustavo Petro que en 8 días emitiera un acto nuevo de manera transitoria, hasta tanto se estudie la legalidad del mismo.