La demanda interpuesta por el abogado Daniel Felipe Useche cuestionaba la validez de la disposición que exige la presencia del ministro de Hacienda para que la Junta Directiva del emisor pueda sesionar, deliberar y tomar decisiones.
En concreto, la demanda pedía anular la frase que establece que uno de los miembros presentes debe ser el jefe de la cartera de Hacienda, quien además preside la Junta. Hoy, el Consejo de Estado como medida cautelar adoptó la suspensión provisional de la norma.
“La norma demandada convierte dicho deber funcional en un requisito de validez de las decisiones de la Junta Directiva al requerir la presencia del ministro de Hacienda para conformar el quórum para sesionar, deliberar y decidir. Así, le otorga al ministro (y por extensión al Gobierno Nacional) un poder de veto respecto de las decisiones de la Junta Directiva del Banco de la República que impide, de facto, a sus miembros ejercer el mandato de representar el interés de la Nación”, dice la demanda.
Según el alto tribunal, permitir que la ausencia del ministro de Hacienda impida el funcionamiento de la Junta Directiva podría paralizar funciones esenciales de la banca central, relacionadas con la política monetaria, cambiaria y crediticia del país.
“Conviene precisar que, si bien, como se indicó en precedencia, por expreso mandato Constitucional y legal el ministro de Hacienda y Crédito Público debe presidir la Junta Directiva del Banco de la República, ello no implica que su asistencia se requiera obligatoriamente para que este órgano pueda sesionar, deliberar y decidir, toda vez que sus funciones no se pueden paralizar”, señaló el Consejo de Estado.
Esta demanda llegó al alto tribunal luego de que el pasado 31 de marzo, en un hecho sin precedentes, el ministro de Hacienda, Germán Ávila, abandonó la sesión del Banco tras la decisión del emisor de aumentar las tasas de interés en 100 puntos.