La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena contra el abogado Ariel Ortega Martínez por el delito de amenazas agravado, tras determinar que las publicaciones que realizó en redes sociales contra el periodista Daniel Samper Ospina, María Antonia García de la Torre y el caricaturista Julio César González Quiceno, ‘Matador’, sí constituyeron una conducta penalmente sancionable.
De esta forma, la condena dictada es de 76 meses de prisión, además de la inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas por el mismo periodo y una multa equivalente a 29,77 salarios mínimos legales mensuales vigentes, que equivale a más de 52 millones. El juzgado negó la suspensión condicional de la pena, pero concedió la prisión domiciliaria.
Los hechos ocurrieron en el año 2017, cuando Ortega Martínez publicó en X mensajes dirigidos contra María Antonia García de la Torre, en los que incluso hizo referencia a Carlos Castaño y llamó a sus seguidores a tomar acciones violentas contra la periodista.
“A todos los fanáticos de @martineliasdiaz hagan respetar su legado y linchen a @Caídadelatorr»; «@Caídadelatorre ojalá q viviera Carlos Castaño, para q a esta mamerta resentida miliciana le enseñe a respetar o la mande a una mejor vida”, mencionaba el condenado en uno de los trinos.
Ese mismo año, el procesado lanzó amenazas contra Daniel Samper Ospina. En sus mensajes lo calificó de distintas formas y aseguró que hacían falta grupos paramilitares como las AUC para “calmar” al periodista, haciendo nuevamente alusión a la violencia como mecanismo para silenciarlo.
En 2018, el blanco de sus publicaciones fue el caricaturista Julio César González Quiceno, ‘Matador’. Ortega lo calificó de “canalla” y manifestó que hacía falta Carlos Castaño para matarlo, una expresión que fue incluida dentro de los hechos por los que terminó condenado.
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El magistrado señaló que ese tipo de publicaciones realizadas a través de X tenían la capacidad de generar alarma y zozobra, configurando el delito de amenazas agravado.
Con esta decisión, la Corte Suprema casó la sentencia de segunda instancia proferida el 16 de agosto de 2022 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá y dejó en firme el fallo condenatorio que había sido emitido el 14 de octubre de 2021 por el Juzgado Diecinueve Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá.
Ahora, Ariel Ortega Martínez deberá permanecer en el inmueble donde cumplirá la prisión domiciliaria.