¿Pueden perderse bienes incautados al crimen? El debate que abrió decisión del Consejo de Estado
El Ministerio de Justicia, la Fiscalía y la Superintendencia de Notariado y Registro anunciaron nuevas acciones coordinadas para garantizar la efectividad de los procesos de extinción de dominio en el país.
Hay una controversia jurídica que gira en torno a uno de los mecanismos más importantes del Estado colombiano para combatir el crimen: la extinción de dominio. Esto porque las medidas cautelares que protegen bienes vinculados a actividades ilícitas podrían perder efecto por el paso del tiempo en los registros públicos.
La decisión provisional del Consejo de Estado abre la puerta a interpretar que algunas inscripciones registrales, como las que anotan embargos o medidas cautelares sobre inmuebles, podrían caducar con el tiempo, de acuerdo con normas generales del sistema registral. Esto generó un debate y la fiscal Luz Adriana Camargo, el ministro de Justicia Jorge Iván Cuervo y el superintendente de Notariado y Registro Ricardo Agudelo expusieron su postura sobre el tema.
Consejo de Estado
Foto: Consejo de Estado
Frente a este escenario, las tres entidades, en un comunicado conjunto, fueron enfáticas en señalar que la caducidad de una inscripción registral no implica la pérdida de vigencia de la medida cautelar, la cual sigue activa hasta que una autoridad judicial determine su levantamiento o el proceso concluya mediante sentencia en firme.
"Se exhorta a los registradores de Instrumentos Públicos, notarios y demás operadores jurídicos del país a atender los lineamientos institucionales vigentes, a comunicar de manera inmediata cualquier solicitud relacionada con la caducidad de inscripciones de medidas cautelares en procesos de extinción de dominio", señalaron.
Intervenciones de extensión de dominio.
Foto: suministrada
La extinción de dominio es una herramienta que le permite al Estado quedarse con bienes obtenidos de forma ilegal, como propiedades ligadas al narcotráfico, la corrupción o el crimen organizado y, a diferencia de otros procesos judiciales, esta figura no prescribe, es decir, puede aplicarse en cualquier momento sin importar cuánto tiempo haya pasado.