Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Publicidad

Tres decisiones judiciales y diplomáticas mueven el caso Santrich

Una carta de EE.UU., una tutela de la JEP y un fallo del Consejo de Estado generan expectativa sobre el futuro del proceso de paz.

318088_Blu Radio. Jesús Santrich. Foto: AFP
Blu Radio. Jesús Santrich. Foto: AFP

Tres decisiones judiciales y diplomáticas mueven este viernes el caso de Jesús Santrich. Se trata de una carta enviada desde Estados Unidos, una tutela de la Justicia Especial para la Paz, JEP, y un fallo del Consejo de Estado. A continuación, se detalla cada.
Consejo de Estado mantiene investidura de Jesús Santrich.

Le puede interesar: Habrá doble instancia para caso Santrich y otros exguerrilleros pedidos en extradición

El Consejo de Estado rechazó la demanda que pretendía tumbar la investidura como congresista de Seuxis Paucias Hernández, conocido como Jesús Santrich, por no posesionarse ante el Congreso el pasado 20 de Julio de 2018.

De acuerdo con la decisión del Consejo de Estado, Santrich no quedará inhabilitado de por vida para ocupar cargos de elección popular.

Publicidad

No obstante, hasta que Santrich esté en condiciones físicas, jurídicas y en libertad podría asumir su curul en el Congreso.
Para el Consejo de Estado, quedó demostrada la fuerza mayor para Santrich por las condiciones jurídicas en las que actualmente se encuentra, quien es requerido en extradición por las autoridades de Estados Unidos.

“La conclusión de que la privación o detención administrativa a la cual se encuentra sometido el señor Seuxis Paucias Hernández Solarte constituye una circunstancia imprevisible e irresistible para él”, señala el documento.
La decisión fue tomada en primera instancia y procederá un recurso para su eventual revisión que podrá ir a la Sala Plena del Consejo de Estado.

Publicidad

Doble instancia para caso Santrich y otros exguerrilleros pedidos en extradición

La JEP acogió una tutela de la Procuraduría y aprobó que las decisiones en el trámite de garantía de no extradición pueden ser apeladas.

La tesis de la Procuraduría, en el sentido de que las decisiones tomadas dentro del trámite de garantía de no extradición pueden ser apeladas, fue aprobada por la JEP, a través de un fallo de tutela.

El recurso tiene que ver con el caso de Pedro Luis Zuleta Noscué, un indígena en situación de discapacidad, quien, según investigadores de Estados Unidos, es en realidad un capo del narcotráfico. 

Publicidad

“En su fallo, la Sección de Apelación le dio la razón al Ministerio Público y declaró que la Sección de Revisión no es el órgano de cierre de la Jurisdicción Especial para la Paz –JEP-, en el trámite de la garantía de no extradición, y sus decisiones podrán ser revisadas en segunda instancia”, indicó la Procuraduría en un comunicado. 

La sentencia destacó la premura y necesidad de garantizar el derecho a la doble instancia, pues en otro sentido se podría dar una violación de lo ordenado en la Constitución colombiana.

Publicidad

Carta de Estados Unidos

Este miércoles llegó al Ministerio de Justicia una carta firmada por el Departamento de Justicia de Estados Unidos, que de inmediato fue remitida a la sección de revisión de la JEP, instancia encargada de definir si avala o no, si da vía libre en primera instancia, a la extradición de Jesús Santrich por supuesto narcotráfico y vínculos con el cartel de Sinaloa. 

En la breve misiva, Estados Unidos ratifica que no va a enviar más pruebas que las que envió en el expediente porque asegura que “no corresponde con su práctica judicial”.

Además, hace alusión al tratado de extradición vigente entre ambos países, Colombia y Estados Unidos, donde no se requieren todos los elementos del expediente para que las justicias de uno y otro país decidan si tienen o no razón cuando se les solicita la extradición. Dice que no es práctica de los dos países justamente esa solicitud de pruebas. 

Publicidad

¿Qué viene en el caso Santrich? 

Se mantienen los términos, hasta el 7 de marzo hay plazo para que haya cualquier tipo de actuación. Esa fecha comienza a correr cinco días exactamente para trasladar todo el expediente a la Procuraduría, a las víctimas y a la defensa de Santrich. 
Luego se sienta la sesión de revisión a estudiar de fondo el caso Santrich, es decir el 12 de marzo. Si bien no hay un plazo perentorio, sí podría esperarse que antes de finalizar el tercer mes del año, de finalizar marzo, haya decisiones de fondo sobre Santrich en la JEP.

Publicidad


 

  • Publicidad