Anulan nombramiento de Cielo Rusinque como superintendente de Industria y Comercio
La Sección Quinta Del Consejo de Estado anuló el decreto con el que el presidente Gustavo Petro designó a Cielo Rusinque en la SIC, según el alto tribunal, ella no cumplía con los requisitos para el cargo.
Una de las decisiones que tenía pendiente el Consejo de Estado era decidir sobre las demandas que pedían sacar a Cielo Rusinque de la Superintendencia de Industria y Comercio, el alto tribunal anuló su designación al concluir que no cumplía con los requisitos legales exigidos para ocupar el cargo.
El fallo resolvió varias demandas acumuladas presentadas que cuestionaron la legalidad del nombramiento, al considerar que la funcionaria no acreditaba la experiencia ni la formación exigida por la ley para ser superintendente.
Durante el proceso, el Consejo de Estado solicitó información al Ministerio de Educación para verificar la equivalencia de uno de los títulos obtenidos en Francia por la funcionaria.
Cielo Rusinque //
Foto: www.prosperidadsocial.gov.co
También se discutió si la experiencia laboral acreditada por Rusinque era realmente relacionada con las funciones de la Superintendencia, que incluyen materias como competencia económica, protección al consumidor, propiedad industrial y datos personales.
“De manera que, por la nominación del título de posgrado obtenido por la demandada, es posible afirmar que tuvo como objeto único el estudio de las ciencias políticas, disciplina que no resulta afín con los conocimientos básicos esenciales definidos por el manual de funciones del cargo para el cual fue nombrada. Por lo tanto, la Sala considera que la demandada no cumple con el requisito de formación académica exigida”, señala el fallo del Consejo de Estado.
En el proceso se revisó un título obtenido en Francia y el Ministerio de Educación explicó que era un título propio, cuya convalidación debía analizarse para establecer si realmente equivalía a un posgrado válido en Colombia. El Consejo de Estado consideró que no se acreditó plenamente el requisito académico exigido por la ley.