La Corte Suprema de Justicia puso un nuevo límite a la forma en que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) tramita los procesos judiciales de protección al consumidor. La Sala de Casación Civil, Agraria y Rural determinó que la entidad debe admitir obligatoriamente el llamamiento en garantía cuando una de las partes lo solicite y se cumplan los requisitos legales.En términos sencillos, el llamamiento en garantía permite que una persona o empresa demandada vincule al mismo proceso a un tercero que podría tener responsabilidad en el problema. Por ejemplo, si un consumidor demanda a una compañía por una falla y esta considera que el daño fue causado por uno de sus proveedores, puede pedir que ese proveedor participe en el mismo juicio y, si corresponde, responda directamente o reembolse el dinero que la empresa tenga que pagar.La Corte señaló que los procesos de protección al consumidor que adelanta la SIC en ejercicio de funciones judiciales deben seguir las mismas reglas procesales que aplican ante los jueces ordinarios. Esto significa que la condición de autoridad administrativa de la SIC no puede convertirse en una razón para limitar las herramientas de defensa que tienen las partes dentro de un proceso judicial.El pronunciamiento también cuestiona la práctica de la SIC y de algunos tribunales que habían rechazado esta figura o restringido su utilización casi exclusivamente a casos relacionados con el sector turístico. Para la Corte, no es jurídicamente válido establecer mediante interpretaciones limitaciones o trabas que no están contempladas expresamente en la ley.Puntualmente, el alto tribunal le exige a la SIC aplicar de manera rigurosa el artículo 24 del Código General del Proceso, norma que establece las reglas para el ejercicio de funciones jurisdiccionales por parte de determinadas autoridades. La Corte busca garantizar que las partes tengan las mismas oportunidades para defenderse, presentar pruebas y ejercer sus derechos, independientemente de que el proceso sea tramitado ante la SIC o ante un juez.El caso que llevó a esta decisión surgió por una tutela presentada por dos empresas constructoras y una sociedad fiduciaria, demandadas ante la SIC por supuestas fallas relacionadas con un inmueble. Las compañías pidieron que fuera vinculada al proceso la empresa encargada de elaborar el estudio de suelos de la obra, pero esa solicitud fue negada.La Corte Suprema protegió entonces su derecho de defensa y ordenó al Tribunal Superior emitir una nueva decisión en la que estudie la vinculación de esa empresa. Con este pronunciamiento, el alto tribunal deja establecido que las posibles responsabilidades entre los distintos integrantes de una cadena de consumo pueden discutirse dentro del mismo expediente, bajo las garantías procesales previstas por la ley.Para los consumidores y ciudadanos, la decisión no elimina ni reduce la responsabilidad que tienen los productores y proveedores frente a sus clientes. La responsabilidad solidaria que establece la ley se mantiene. Es decir, cuando corresponda, el consumidor podrá continuar reclamando frente a los responsables de la cadena de producción o comercialización, aunque durante el proceso se incorpore a otros actores que puedan tener responsabilidades internas.Para las empresas, proveedores, fabricantes, contratistas y demás integrantes de la cadena comercial, el fallo representa la posibilidad de discutir dentro de un mismo proceso quién debe asumir finalmente las consecuencias económicas de una eventual condena. Esto puede evitar que una empresa tenga que iniciar posteriormente otro pleito para intentar recuperar de un proveedor o contratista el dinero que tuvo que pagar al consumidor.
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) confirmó una multa de 4.614 millones de pesos contra la Distribuidora Nacional Hospitalaria Cúcuta S.A.S., por vender medicamentos por encima de los precios máximos establecidos por la regulación. La sanción, por un valor exacto de 4.614.400.192 pesos, quedó en firme después de que la entidad resolviera el recurso de apelación presentado por la empresa, a través de la Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal.De acuerdo con la investigación, la distribuidora, que operaba como mayorista, comercializó 47 medicamentos con precios superiores a los autorizados por la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos, establecidos en los artículos 3 y 4 de la Circular 13 de 2022. Los productos involucrados se utilizan para tratar enfermedades como epilepsia, diabetes, afecciones cardiovasculares, asma, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, artritis, infecciones urinarias y trastornos de salud mental. También se identificaron medicamentos empleados para controlar sangrados durante cirugías y disolver coágulos sanguíneos.Entre los casos con mayores diferencias frente al precio regulado está el Depo-Medrol, utilizado para tratar la artritis, con un sobreprecio del 7.001 %. Le siguen el Verapamilo, para afecciones cardiovasculares, con un 1.912 %; el Tisseel, empleado para controlar sangrados durante cirugías, con un 711 %; y el Actilyse, utilizado para disolver coágulos, con un 586 %. La lista también incluye el Briviact, para el tratamiento de la epilepsia, con un sobreprecio del 408 %, y el Monuril, para infecciones urinarias, con un 394 %.La SIC reiteró que el cumplimiento de los precios máximos de los medicamentos es una medida fundamental para proteger los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud. La entidad señaló que estas reglas buscan evitar que los sobrecostos derivados del incumplimiento de la regulación terminen afectando los recursos destinados a la atención de los pacientes.
Blu Radio conoció que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) cerró el expediente que mantenía abierto contra nueve funcionarios de la Registraduría Nacional del Estado Civil, a quienes investigaba por presunta obstrucción durante una serie de visitas administrativas.Todo comenzó en marzo de 2024, cuando la SIC adelantó siete visitas de inspección a la Registraduría —entre el 12 y el 22 de ese mes— para verificar el cumplimiento de las normas de competencia en la contratación de tecnología electoral. Funcionarios de la entidad, entre ellos Nicolás Farfán, entonces Registrador delegado en lo electoral, cuestionaron desde entonces la forma en que se recaudaron los documentos y, sobre todo, pusieron en duda que la SIC tuviera facultades para hacer ese tipo de control sobre la Registraduría. Esas objeciones llevaron a la Superintendencia, encabezada por Cielo Rusinque, a abrir una investigación formal por obstrucción.El pulso escaló por otra vía: la Procuraduría, a su turno, investigó a los funcionarios de la SIC que ejecutaron las visitas y determinó que habían actuado con dolo y sin competencia para hacerlo.En ese sentido, la Corte Constitucional también se pronunció la semana pasada. Con ponencia del magistrado Miguel Polo, el alto tribunal resolvió una demanda que cuestionaba justamente eso: si la SIC podía vigilar a entidades como la Registraduría o el Banco de la República. Según el alto tribunal, la competencia de inspección y vigilancia de la SIC está reservada a los privados, no a órganos autónomos ni a servidores públicos—, lo que dejó sin piso jurídico la investigación abierta contra los funcionarios de la RNEC y obligó a la SIC a archivarla.Como consecuencia de la decisión de la Corte, la nueva superintendente, María Rocío Cortés, expidió una resolución en la que oficializa el cierre de la investigación por falta de competencia, según el documento conocido por Blu Radio.Pero el caso no termina en el archivo. El exregistrador Farfán ya anunció que demandará a Cielo Rusinque por reparación directa, al considerar que la investigación en su contra —hoy sin fundamento, según el fallo— le generó perjuicios que espera que el Estado le repare.
La Superintendencia de Industria y Comercio multó con más de 140 millones de pesos a la empresa de productos para el cabello de la influencer Epa Colombia, Productos EPA Colombia S.A.S., por vulnerar los derechos de los consumidores.Los análisis se centraron en los productos acondicionador Kolors (Post Cuidado) y Keratina (verde) 300 ml.La entidad revisó la página web de la compañía y encontró, por ejemplo, que no existía información completa para los consumidores sobre cómo ejercer el derecho de retracto, en qué página web puede presentar una queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio, o cómo se puede ejercer el derecho de retracto.Además, la entidad resaltó que en algunos productos se indica a los consumidores que la compañía no se hace responsable cuando el consumidor los adquiere a través de terceros, lo que en la práctica estaría limitando el derecho a la garantía."La SIC recuerda a los proveedores que las ventas por internet deben garantizar a los consumidores información clara, completa y oportuna, así como el respeto de los derechos reconocidos por el Estatuto del Consumidor", señaló la entidad.Productos EPA Colombia S.A.S. tiene la posibilidad de apelar la decisión.
Continúa pendiente la decisión de fondo de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) en el proceso que enfrenta a la Industria Licorera de Caldas (ILC) y la Fábrica de Licores de Antioquia (FLA) por la comercialización del Aguardiente Amarillo.La ILC demandó a la FLA ante la SIC por presuntos actos de competencia desleal relacionados con la producción, comercialización, distribución y venta de un aguardiente de color amarillo, al considerar que el Aguardiente Real amarillo de la licorera antioqueña tenía similitudes con el tradicional Aguardiente Amarillo de Manzanares.Entre las conductas señaladas por la Industria Licorera de Caldas están la desviación de la clientela, la confusión, la imitación y el aprovechamiento de la reputación ajena.En diciembre de 2023, la SIC impuso medidas cautelares que ordenaron retirar del mercado dicha presentación y prohibieron su venta, publicidad y promoción. A mediados de 2024, el Tribunal Superior de Bogotá confirmó esa decisión a favor de la ILC. Posteriormente, las pretensiones de indemnización dentro del proceso fueron ajustadas a 2.576 millones de pesos.Sin embargo, el litigio continúa. La FLA cuestionó la imparcialidad del juez de la SIC Hugo Alberto Martínez Luna, al señalar que había sido nombrado durante la gestión de Pablo Felipe Robledo, quien actualmente ejerce como abogado de la Industria Licorera de Caldas. La licorera antioqueña también planteó cuestionamientos frente a los interrogatorios realizados durante una audiencia del 8 de julio de 2025.En medio del trámite, la FLA solicitó la nulidad del proceso por la falta de notificación a entidades públicas, entre ellas la Procuraduría. El juez concedió la nulidad y una segunda prórroga del proceso, pero rechazó tramitar la recusación presentada en su contra.En abril de 2026, la Fábrica de Licores de Antioquia pidió trasladar el expediente a los juzgados de Itagüí, argumentando que la SIC habría perdido competencia por el vencimiento de los términos. El juez Martínez Luna sostuvo que conserva la facultad para fallar el proceso hasta septiembre de 2026, bajo el argumento de que la nulidad decretada reinició los plazos legales.Este 15 de septiembre, la SIC dejó en firme esa posición al rechazar el recurso de reposición presentado por la licorera antioqueña. Ante esa determinación, la representación de la FLA solicitó nuevamente la recusación del juez y pidió que se decrete la nulidad por pérdida de competencia, además de dejar sin efecto el auto mediante el cual se habían decretado anticipadamente las pruebas, solicitud negada.Asimismo, este martes el juzgador de la SIC avanzó con el decreto de pruebas, registro de recursos contra la definición de la lista del material integrado, con el objetivo de continuar con las actuaciones procesales como audiencias de contradicción y, finalmente, de la sentencia sobre la demanda presentada inicialmente por la Industria Licorera de Caldas.
Varios carros Mazda vendidos en Colombia están incluidos en campañas de seguridad por fallas que pueden aumentar el riesgo de un accidente, según advirtió la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), que también hace unos días recordó que hay 100.000 autos, de diferentes marcas, que pueden tener airbags Takada dañados. Los problemas identificados afectan componentes diferentes (como cámaras y bomba de gasolina), y corresponden a grupos específicos de vehículos, entre ellos Mazda3, CX-3, Mazda2, CX-5, CX-9, Mazda6, MX-5 y Mazda BT-50.¿Qué carros Mazda pueden tener problemas con la cámara de reversa?Una de las campañas está dirigida a Mazda CX-3 modelos 2017 a 2020 y Mazda3 modelos 2016 a 2020.Según la SIC, en estos vehículos puede presentarse una falla en la cámara de reversa que provoca que la imagen mostrada en la pantalla se vea distorsionada o parpadee. Esto puede dificultar la visión de la zona posterior del vehículo y aumentar el riesgo de una colisión.Para solucionar el problema, se debe realizar una inspección del cableado y, cuando corresponda, reemplazar la cámara de reversa. La intervención está contemplada dentro de la campaña de seguridad.¿Qué Mazda pueden tener una falla en la bomba de combustible?El problema de la bomba de combustible corresponde a otro grupo de vehículos, pero es precisamente el conformado por Mazda2, CX-5, CX-9, Mazda6 y MX-5.Los vehículos involucrados son:Mazda2: modelos 2019 a 2021.Mazda CX-5: modelo 2019.Mazda CX-9: modelo 2019.Mazda6: modelo 2019.Mazda MX-5: modelo 2019.En estos carros, el impulsor de la bomba de combustible de baja presión puede presentar una falla que provoque que el motor no arranque o que se apague mientras el vehículo está en movimiento.“Se ha identificado en estos modelos que el impulsor de la bomba de combustible de baja presión puede fallar. La falla de la bomba puede resultar en que el motor no pueda arrancar o que el vehículo se apague mientras se está conduciendo, incrementando el riesgo de un accidente”, advierte la SIC.Por esta razón, la falla puede representar un riesgo para los ocupantes y otros usuarios de la vía. La solución contempla el reemplazo gratuito de la bomba de combustible de baja presión. La campaña está identificada con la referencia CES6321.¿Qué problema tiene la Mazda BT-50?La Mazda BT-50 modelo 2004 a 2015 aparece en otra campaña de seguridad relacionada con el airbag del conductor.En este caso, el inflador del airbag podría romperse durante la activación y expulsar fragmentos metálicos hacia los ocupantes. La falla puede provocar lesiones graves en caso de que el sistema tenga que desplegarse.Por tratarse de un elemento de seguridad, los propietarios de los vehículos incluidos deben acudir a un concesionario o taller autorizado para realizar la intervención correspondiente.¿Qué deben hacer los propietarios de estos Mazda?Las campañas contemplan inspecciones y reparaciones sin costo para los vehículos involucrados. Los propietarios deben acudir a la red autorizada de Mazda en Colombia para verificar si su automóvil está incluido y realizar el procedimiento correspondiente.“Verifica tu vehículo en un concesionario o taller autorizado MAZDA en Colombia y consulta las campañas de seguridad vigentes”, concluyó la SIC.
La Superintendencia de Industria y Comercio reveló un presunto esquema de corrupción contractual que habría operado en 2021 en el Área Metropolitana del Valle de Aburrá y Metroparques, relacionado con la contratación para el mantenimiento y operación del Parque de las Aguas, durante la administración de Daniel Quintero.De acuerdo con el informe de la Delegatura para la Protección de la Competencia, se habría utilizado contratos interadministrativos para evitar procesos de selección competitivos y posteriormente direccionar al menos ocho invitaciones privadas hacia determinados proveedores.Por ello, la SIC puso bajo la lupa algunos contratos mediante los cuales el Área Metropolitana habría canalizado más de $15.748 millones hacia Metroparques. Según el organismo, esta última entidad no contaba con la experiencia ni la capacidad técnica necesaria para ejecutar directamente las actividades contratadas.El informe señala que Metroparques habría terminado subcontratando el 100 % de los requerimientos, sin ejecutar directamente las obras o actividades técnicas. A cambio, habría cobrado una comisión cercana al 8 % por la administración de los recursos, que representó aproximadamente $1.368 millones, lo que para la SIC habría generado un costo adicional e innecesario, es decir, un detrimento patrimonial.Entre las empresas señaladas aparecen Comercializadora JPino, 1Soluciones y Constru Americana, mismas que, presuntamente, no tendrían la capacidad técnica, operativa o financiera requerida para desarrollar los trabajos.El informe fue notificado a las entidades y personas involucradas y será trasladado a la Fiscalía General de la Nación y a la Contraloría General de la República para que, dentro de sus competencias, determinen las eventuales responsabilidades penales y fiscales.La SIC, por su parte, recomendó sanciones contra quienes habrían colaborado, facilitado, ejecutado o permitido las conductas investigadas en un proceso que se suma a las investigaciones que ya adelantan las autoridades por presuntas irregularidades en la contratación del Parque de las Aguas.
Los servicios de telecomunicaciones e internet hoy en día ya son una necesidad para la gran mayoría de las personas, más que todo en ciudades que en zonas rurales. Colombia cuenta con más de 100 millones de líneas móviles y 10,49 millones de accesos de internet fijo, según datos del Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.Este servicio es ofrecido por operadores de telecomunicaciones que deben garantizar el buen funcionamiento del mismo, según lo establecido en el contrato que la persona haya adquirido con la empresa.No obstante, puede ocurrir que el servicio en algún momento no funcione como debe ser o tenga fallas. En estos casos, los usuarios deben comunicarse con el operador para que solucione el problema, pero también tienen derecho a presentar una reclamación para que la empresa haga una compensación, pero esto depende de algunos factores.Casos en que operadores deben compensar a sus usuarios por fallasDe acuerdo con la Superintendencia de Industria y Comercio, existen algunos casos en los que los usuarios pueden pedir una compensación por las fallas en el servicio y son los siguientes:Servicio de internet y telefonía móvilLa compensación aplica si la indisponibilidad del servicio supera las 2,5 horas, continuas o discontinuas, dentro de un periodo de 24 horas; así es procedente la compensación automática.Servicio de televisión por suscripciónSi la interrupción del servicio supera las 16 horas, continuas o discontinuas, dentro de un periodo de 24 horas, procede la compensación automática.En caso de cumplir con alguno de los dos casos anteriores, la Superintendencia de Industria y Comercio indica que no es necesario que el usuario pida la compensación, pues el operador está en la obligación de reconocerla y aplicarla automáticamente, sin necesidad de una solicitud ni requisitos adicionales.Sin embargo, esto no quiere decir que los usuarios no puedan reclamar ante la empresa el mal funcionamiento, pues la regla de la compensación automática no limita el derecho de presentar una PQR si la persona así lo prefiere. Incluso, es posible solicitar información del tiempo que estuvo sin servicio.La entidad también manifestó que lo anterior está basado en una normativa, la Resolución CRC 5050 de 2016, la cual reúne en un solo cuerpo normativo las reglas, obligaciones y derechos aplicables a los proveedores de redes y servicios de comunicaciones.Además, facilita la consulta de las normas del sector al organizar diferentes títulos y capítulos temáticos y establece directrices sobre calidad de servicios, protección de usuarios, uso de infraestructura y administración de recursos de numeración.
Más de 100.000 infladores de airbags defectuosos todavía deben ser reemplazados en carros que circulan en Colombia, advirtió la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). El problema está relacionado principalmente con determinados airbags Takata, cuyo defecto ha provocado muertes y lesiones en diferentes países.Andrés Prada, de la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la SIC, explicó que actualmente existen más de 2.000 campañas de seguridad para vehículos en Colombia. Estos llamados a revisión, conocidos como recalls, son gratuitos para los propietarios.¿Cuántos carros tienen airbags Takata pendientes por cambiar en Colombia?El problema de los airbags Takata lleva más de una década bajo seguimiento de las autoridades en el país. La campaña de seguridad comenzó en 2013 y, con el paso de los años, la Superintendencia de Industria y Comercio ha mantenido los llamados a los propietarios para que verifiquen si sus vehículos están incluidos.Para agosto de 2025, la SIC advirtió que todavía circulaban en Colombia más de 115.000 vehículos con airbags Takata defectuosos y recordó que los propietarios debían verificar si sus carros estaban incluidos en una campaña de seguridad.La entidad señaló específicamente a los propietarios de vehículos modelo 2001 a 2018 y les indicó que podían comunicarse con el taller autorizado o concesionario de la marca para comprobar si el automóvil tenía pendiente el reemplazo del componente.En aquel momento, el registro acumulaba 155.666 vehículos afectados, de los cuales 49.251 ya habían sido atendidos. Las marcas incluidas eran:Mazda: 67.987 vehículos afectados.Toyota: 34.847.Nissan: 32.447.Honda: 8.361.Mitsubishi: 5.545.Subaru: 3.631.Jeep: 1.580.BMW: 1.031.Ford: 139.Dodge: 73.Audi: 11.Fiat: 11.Chrysler: 3.La SIC también ha insistido en que no todos los airbags Takata presentan el defecto. Las campañas corresponden a determinados lotes instalados en vehículos específicos, por lo que la única forma de confirmar si un automóvil está afectado es realizar la consulta correspondiente con la autoridad o con la marca.¿Cuál es el problema con los airbags Takata?El problema está en un componente llamado inflador, encargado de activar el airbag cuando ocurre una colisión.Según la SIC, determinados infladores Takata pueden deteriorarse después de permanecer expuestos durante largos periodos a altos niveles de humedad. Si el airbag se activa en un accidente, el inflador puede generar una presión excesiva y romper su carcasa.La ruptura puede expulsar fragmentos metálicos hacia el interior del vehículo, provocando lesiones graves o incluso la muerte de los ocupantes.En Estados Unidos, la National Highway Traffic Safety Administration (NHTSA) ha relacionado el defecto de los infladores Takata con 28 muertes y más de 400 personas lesionadas.El recuento internacional supera las 35 muertes, con casos reportados en diferentes países.¿El cambio del airbag tiene algún costo?No. Los recalls o campañas de seguridad se realizan gratuitamente para los consumidores.El propietario puede solicitar el reemplazo incluso si:El carro fue comprado de segunda mano.No es el propietario original.El vehículo ya no está en garantía.El automóvil fue adquirido hace varios años.La SIC explicó que las campañas de seguridad no siempre implican retirar el vehículo del mercado. En algunos casos se reemplaza una pieza específica y el automóvil vuelve a su propietario.¿Cómo saber si mi carro tiene un recall?La SIC cuenta con un Portal de Seguridad del Producto para consultar las campañas activas en Colombia, como la de Takata. Los propietarios también pueden verificar la información directamente con la marca o un concesionario autorizado.Para revisar si un vehículo está incluido en una campaña, el propietario puede:Consultar el Portal de Seguridad del Producto de la SIC.Buscar las campañas de seguridad en la página oficial de la marca.Comunicarse con un concesionario autorizado y proporcionar los datos del vehículo.Tener a mano el VIN, número de identificación de 17 caracteres que aparece en la documentación del automóvil.Si el vehículo aparece dentro de una campaña vigente, el propietario debe comunicarse con el concesionario autorizado para programar el reemplazo.La reparación relacionada con el recall debe realizarse sin costo.
Ingresar a un establecimiento comercial, elegir un producto y, al momento de pagar, encontrarse con mensajes como "con tarjeta solo a partir de $20.000" o "solo se recibe efectivo" es una situación que enfrentan con frecuencia muchos consumidores. Aunque estas condiciones pueden parecer habituales, la normativa establece que deben informarse antes de que la persona haga la compra y no cuando ya se encuentra en la caja.Por esta razón, el Estatuto del Consumidor fija reglas sobre la información que los establecimientos están obligados a suministrar y protege el derecho de los compradores a tomar decisiones informadas.Esto dice la ley sobre el pago con tarjetaSegún la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), los consumidores tienen derecho a recibir información clara, suficiente y oportuna sobre las condiciones de venta antes de realizar una compra.Esto significa que, si un establecimiento tiene políticas relacionadas con los medios de pago, como aceptar tarjetas únicamente a partir de un monto determinado o recibir solo efectivo, estas deben informarse de manera visible antes de que el cliente tome la decisión de comprar.De acuerdo con la entidad, no es adecuado que esas condiciones se den a conocer únicamente al momento del pago, cuando el consumidor ya seleccionó el producto o servicio.La SIC explica que el Estatuto del Consumidor busca garantizar que las personas puedan tomar decisiones libres y con toda la información necesaria, evitando inconvenientes o sorpresas al llegar a la caja.¿Qué hacer si el establecimiento no informó estas condiciones?Si un consumidor encuentra restricciones en el momento de pagar que no fueron informadas previamente, la Superintendencia recomienda solicitar al establecimiento una explicación sobre su política de pagos y conservar los soportes de la compra.Asimismo, si considera que sus derechos como consumidor fueron vulnerados, puede solicitar orientación o presentar una denuncia ante la Superintendencia de Industria y Comercio.Conocer estas disposiciones permite identificar cuándo un establecimiento está informando de manera adecuada las condiciones de venta y cuándo una política relacionada con los medios de pago debió comunicarse antes de concretar la compra, tal como lo establece el Estatuto del Consumidor.
Estos fueron los temas tratados este 25 de septiembre, en Recap Blu:Otty Patiño, excomisionado de Paz durante el Gobierno de Gustavo Petro, habló sobre la extradición de alias 'Araña', las polémicas declaraciones de David Murcia Guzmán y el proceso de la fallida paz total.Las últimas imágenes de alias 'Araña' antes de du extradición y la advertencia del presidente Abelardo De La Espriella a Iván Márquez.El mandatario De La Espriella también respondió a quienes lo cuestionaron por portar un arma: "Que sigan criticando, que eso me impulsa".Se mantiene la cadena perpetua contra Daniel Sancho por el asesinato del médico colombiano Edwin Arrieta.Sobrevivientes del accidente del avión que transportaba al equipo de Chapecoense volvieron al lugar del sinietro casi 10 años después.
MiLoto realiza este viernes 25 de septiembre de 2026 un nuevo sorteo, en el que los participantes buscan acertar la combinación de cinco números para acceder al premio mayor.La combinación ganadora del sorteo de MiLoto de este viernes 25 de septiembre de 2026 es: 36 - 18 - 10 - 08 - 31.Para esta jornada, el acumulado de MiLoto asciende a $160 millones. El resultado oficial permitirá conocer los números sorteados y el balance de ganadores en las diferentes categorías de aciertos.MiLoto es un juego en el que los participantes seleccionan una combinación de cinco números. La mecánica contempla premios para quienes acierten desde dos hasta los cinco números de la combinación sorteada.¿De cuánto es el acumulado de MiLoto?Para este viernes, 25 de septiembre de 2026, el acumulado de MiLoto era de $160 millones.Cuando no se registra un ganador en la categoría de cinco aciertos, el acumulado del premio mayor aumenta para la siguiente jornada, por lo cual quedó en $200 millones para el sigueinte sorteo, de acuerdo con la mecánica del juego.Los participantes pueden verificar sus tiquetes y comparar los números registrados con los resultados oficiales antes de reclamar cualquier premio.
El excomisionado de paz Otty Patiño aseguró en Recap Blu que durante el Gobierno del expresidente Gustavo Petro nunca conoció de un eventual ofrecimiento de una gestoría de paz a David Murcia Guzmán, condenado por el caso DMG. Esta declaración se produjo luego de que Murcia se retractara de varios señalamientos contra el actual presidente Abelardo De La Espriella y afirmara que, antes de realizar esas acusaciones, recibió expectativas relacionadas con una posible salida de prisión mediante esa figura.En entrevista con Recap Blu, Patiño sostuvo que las decisiones relacionadas con las gestorías de paz eran conocidas y consultadas dentro de la Consejería de Paz, pero afirmó que el nombre de Murcia Guzmán nunca estuvo sobre la mesa.“No tengo la menor idea, porque todas las gestorías de paz eran comunicadas, eran, digamos, consultadas con nosotros. En ningún momento a nosotros como Consejería nunca se nos consultó nada sobre este señor”, manifestó el exfuncionario.Patiño también cuestionó que Murcia hubiera sido considerado para una eventual gestoría, al señalar que, desde su perspectiva, no tenía relación con procesos de paz.“Lo cual además me parece absurdo porque este señor no tiene nada que ver con procesos de paz”, afirmó. Choque de afirmacionesFrente a las declaraciones contradictorias del condenado, el excomisionado agregó que Murcia "hoy dice una cosa, mañana dice otra”.Ante la pregunta de si en algún momento, durante su paso por la Consejería de Paz, tuvo conocimiento de un ofrecimiento a Murcia Guzmán, Patiño fue enfático en negarlo."Jamás. Y por supuesto considero que el presidente Petro jamás pensó ni manifestó en esa posibilidad de darle una consejería de paz a este señor", agregó.Las declaraciones se conocen después de que Murcia presentara ante la Fiscalía una retractación de los señalamientos que había realizado contra Abelardo De La Espriella. Según el documento, el condenado afirmó que sus declaraciones estuvieron precedidas por expectativas relacionadas con una eventual vinculación como gestor de paz y con la posibilidad de obtener su libertad. Finalmente, Patiño rechazó que las gestorías de paz hubieran funcionado como un supuesto “cheque en blanco” para quienes recibieron esa condición.“Y si no lo cumple, pues se le suspende la gestoría. Así de sencillo. Pero de allí para allá, que sea una carta blanca para delinquir, para protegerle actividades delictivas, jamás”, concluyó el excomisionado.
TransMilenio anunció una operación especial para facilitar el regreso de los asistentes a los conciertos de BTS, que se realizarán el viernes 2 y sábado 3 de octubre en el estadio El Campín, en Bogotá.Desde las 10:00 p. m., ocho rutas especiales estarán disponibles en las estaciones Campín–UAN y Movistar Arena, con destino a diferentes portales y estaciones de la ciudad.Desde Campín–UAN saldrán cuatro rutas:Portal NortePortal AméricasPortal SubaPortal EldoradoDesde Movistar Arena estarán disponibles otras cuatro rutas hacia:Portal UsmePortal 20 de JulioPortal 80Portal SurLos servicios funcionarán de acuerdo con la demanda de pasajeros. La operación habitual de las estaciones Campín–UAN y Movistar Arena finalizará a las 10:00 p. m. y, entre las 10:00 p. m. y las 11:00 p. m., estas estaciones estarán habilitadas únicamente para facilitar la evacuación de los asistentes.Como alternativa, los usuarios podrán utilizar Universidad Nacional, si salen por Campín–UAN, y 7 de Agosto, si salen por Movistar Arena.¿Cómo llegar al concierto?Para llegar al estadio, TransMilenio contará con 13 rutas troncales en las estaciones Campín–UAN y Movistar Arena. En Movistar Arena estarán disponibles las rutas 4, B72, D21, G30, L25, C25, C30, H21 y H72.En Campín–UAN funcionarán las rutas 4, B11, C25, G11, S42, D21, E42, H21 y L25.Además, TransMiZonal tendrá 39 rutas con paraderos cercanos al estadio El Campín, ubicados en la NQS, calle 63, calle 53 y carrera 24.TransMilenio recomienda a los asistentes recargar con anticipación la tarjeta tullave, planear el viaje mediante TransMiApp y consultar los canales oficiales de la entidad para revisar horarios y recorridos.La entidad también señaló que los despachos de las rutas especiales se ajustarán según la cantidad de pasajeros durante la salida de los conciertos.
“Ni en el tarimazo ni en la fiesta que tuvieron ellos hubo muertos, pero en una política equivocada de guerra sí hay muchos muertos”, afirmó Otty Patiño, excomisionado de Paz durante el Gobierno de Gustavo Petro, al referirse a las polémicas que rodearon algunos episodios de la llamada paz total. En entrevista con Recap Blu, Patiño reconoció que durante un proceso de paz pueden cometerse errores, pero defendió la necesidad de priorizar el diálogo frente a una estrategia basada exclusivamente en la confrontación armada.El exfuncionario respondió por situaciones como el denominado ‘tarimazo’ en La Alpujarra y una fiesta realizada por integrantes de estructuras criminales en la cárcel de Itagüí. Patiño aclaró que no justifica ninguno de esos hechos y sostuvo que estos no fueron provocados directamente por la Consejería de Paz.“No, no lo estoy justificando de ninguna manera”, respondió, antes de explicar que, desde su perspectiva, los errores cometidos durante una búsqueda de paz deben analizarse teniendo en cuenta sus consecuencias.Patiño también defendió la estrategia de negociación adelantada durante el Gobierno Petro y rechazó la afirmación de que la paz total hubiera sido simplemente un mecanismo para permitir que los grupos ilegales continuaran delinquiendo. Según explicó, durante su gestión hubo procesos que avanzaron en diferentes niveles, aunque reconoció que algunos, como el del ELN y el Estado Mayor Central liderado por Iván Mordisco, terminaron fracasando."Había varios procesos que fueron fallidos, como el caso del ELN, digamos, donde ellos demostraron que no había voluntad de paz. Y el proceso con el Estado Mayor Conjunto FARC, fundamentalmente al mando del señor Iván Mordisco, que en el Cauca decidió más bien lanzarse a la guerra que hacer parte, digamos, de un proceso de paz. Los demás, en los demás procesos había avances, en los otros 8 o 9 procesos que estábamos adelantando, que además tenían la característica de que eran muy territorializados, allí hubo avances considerables en cada uno de distintas maneras", afirmó.Frente a las críticas sobre las denominadas gestorías de paz, el excomisionado negó que estas figuras hubieran sido utilizadas como una “carta blanca” para delinquir o como instrumentos de política electoral. Aseguró que quienes recibían esa condición tenían obligaciones y debían presentar planes de acción que posteriormente eran evaluados. “Si no lo cumple, pues se le suspende la gestoría. Así de sencillo. Pero de allí para allá, que sea una carta blanca para delinquir, para protegerle actividades delictivas, jamás”, concluyó.