La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena contra Tatiana Paola Caballero Ortega, hallada responsable como autora del delito de lesiones personales culposas, por realizar una cirugía estética invasiva sin ser médica cirujana plástica ni contar con autorización legal o sanitaria para practicarla. Decisión que ratificó el fallo de segunda instancia del Tribunal Superior de Florencia.
Por estos hechos, Caballero deberá cumplir una pena principal de 12 meses de prisión y una pena accesoria de inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas durante el mismo periodo. Además, deberá pagar una multa de ocho salarios mínimos legales mensuales vigentes, equivalente a más de 14 millones de pesos.
La Corte también le concedió la suspensión condicional de la ejecución de la pena, lo que significa que no tendrá que cumplir la prisión de manera efectiva, siempre que cumpla las condiciones impuestas durante un periodo de prueba de dos años.
Los hechos ocurrieron el 17 de diciembre de 2021, en el establecimiento COSFLOR Spa Belleza y Salud, en Florencia, Caquetá. Allí, Caballero Ortega le practicó a una ciudadana una dermolipectomía abdominal 360°, marcación abdominal y transferencia de grasa a los glúteos, procedimiento por el que la víctima pagó $7 millones.
Según el caso, la procesada realizó estas intervenciones quirúrgicas sin tener la formación ni la autorización exigida para hacerlo. Además, utilizaba prendas similares a las de profesionales de la salud, no hizo firmar a la paciente un consentimiento informado y tampoco le advirtió que no era médica ni sobre los riesgos asociados con el procedimiento.
Después de la cirugía, Caballero Ortega mantuvo a la víctima durante cerca de 28 días en el segundo piso del establecimiento. Durante ese tiempo, la volvió a suturar en cuatro ocasiones y, de acuerdo con la decisión judicial, ocultó la progresión de una grave necrosis en la pared abdominal, es decir, la muerte del tejido de esa zona del cuerpo.
Publicidad
Luego acudió a un servicio de urgencias y tuvo que someterse a una cirugía reconstructiva, que incluyó injertos de piel tomados de su pierna. Posteriormente sufrió una embolia pulmonar. Medicina Legal estableció una incapacidad definitiva de 20 días y determinó que quedó con una deformidad física permanente.
Al confirmar la condena, la Corte señaló que la paciente no conocía el riesgo real, no tenía control sobre la técnica, las condiciones de salubridad ni el manejo posterior, y Caballero Ortega asumió una posición de garante al realizar la cirugía y hacerse cargo de su cuidado. Por esta razón, la responsabilidad se produjo tanto por acción, al practicar la intervención sin capacidad legal, como por omisión, al ocultar las complicaciones y retrasar la atención médica especializada.