Corte Suprema dijo a ONU que no vulneró el debido proceso en caso Uribe
La Corte le indicó a la ONU que actuó de acuerdo con sus competencias.
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BLU Radio conoció que el pasado 18 de octubre la Corte Suprema de Justicia le envió un informe a la Relatoría de la ONU explicando cómo fue el proceso que provocó la investigación formal contra los congresistas Álvaro Uribe y Álvaro Hernán Prada por la presunta manipulación de testigos.
Lo que trascendió es que la Corte le indicó a la ONU que actuó de acuerdo con sus competencias porque la Sala de Instrucción aún no estaba en funcionamiento y, por lo tanto, no hubo vulneración al debido proceso.
También fue explicado desde la Corte que las pruebas sí fueron dadas a conocer en la medida en que fueron suministradas al proceso y, por lo tanto, desestimó el cuestionamiento de la defensa de los congresistas, que señalaban que no tuvieron acceso a ese material.
La información fue remitida al canciller Carlos Holmes. La Corte relata todo el proceso, desde el archivo de la investigación por falsos testigos contra el senador Iván Cepeda y que, posteriormente, arrojó como resultado la apertura contra Uribe y Prada.
Fueron varias respuestas "muy técnicas", jurídicamente hablando, en las cuales la Corte apeló a la jurisprudencia y al bloque de constitucionalidad que se relacionan con el juzgamiento para aforados, como en este caso, Álvaro Uribe y Álvaro Hernán Prada.
La Corte explicó, de igual forma, que actualmente la competencia para su investigación y juzgamiento la tienen las nuevas salas de instrucción y de primera instancia que fueron creadas en el marco del acto legislativo 01 de 2016.]
Vea aquí: El premio internacional que recibió el expresidente Álvaro Uribe
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La defensa de los congresistas había advertido a la ONU que debía intervenir en su proceso al no tener garantías en Colombia por las presuntas irregularidades que se cometieron desde el inicio de las indagaciones por la presunta manipulación de testigos.
En ese documento fueron expuestas las preocupaciones alrededor de: "a) Vulneración al debido proceso por haber sido conocido su caso por juez no competente habiéndose invadido la competencia de la Sala Especial de Instrucción, b) vulneración de la igualdad en el proceso penal al negársele acceso al expediente y, en consecuencia, a interrogar testigos de cargo, c) falta de imparcialidad de la Sala de Casación Penal, d) restricción de acceso a la doble instancia, e) quebramiento del principio de igualdad en los tribunales".
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