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Desde ahora pedir el divorcio conlleva cuota alimentaria: Corte Suprema

En el fallo se señala que no importa la razón del cónyuge que incurre en abandono, este debe responder.

278912_Divorcio / Foto: AFP
Divorcio / Foto: AFP

Un fallo de la Corte Suprema de Justicia, en su Sala Civil, recuerda que el matrimonio es un contrato y, como pasa con cualquier otro que se suscriba, quien lo incumpla tiene consecuencias legales. Por eso, desde ahora quienes pidan el divorcio porque crean que se acabó la chispa del amor deberán asumir los alimentos de la expareja.

Así lo explicó el presidente de la Sala Civil de la corte, Octavio Tejeiro, quien dijo que “si alguno de los dos incumple las obligaciones que de allí emergen (del matrimonio), obviamente está llamado a indemnizar el daño causado a la otra parte, como sucedería en cualquier rompimiento de cualquier acto contractual”.

Vea aquí: En los divorcios, ¿dónde quedan los niños? Expertas responden

“El abandono del hogar de uno de los consortes lo convierte en cónyuge culpable del rompimiento de la unidad matrimonial, no importa que este rompiendo haya sucedido porque simplemente haya querido irse o se haya ido con otra persona”, explicó.

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En el fallo se señala que no importa la razón del cónyuge que incurre en abandono, este debe responder.

Además, en los casos de unión libre el juez deberá establecer con pruebas quién abandonó el hogar.

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