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¿Habrá o no ley seca en las elecciones del 29 de octubre? Esto dice decreto que prepara MinInterior

La cartera política ya tiene listo el decreto con las medidas de orden público de cara a las elecciones regionales, estos son los detalles.

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Elecciones en Colombia /
Foto AFP

El próximo 29 de octubre se cumplirán las elecciones regionales en todo Colombia donde se elegirán gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles de las Juntas Administradoras Locales. Para ello, el Ministerio del Interior prepara el decreto con medidas de orden público y de limitaciones a las campañas políticas para ese día.

En esta oportunidad, el decreto también contempla las medidas para el 19 de noviembre, en caso de que el alcalde de Bogotá se defina en votación de segunda vuelta, lo cual es la primera vez que se aplica.

En ese sentido, se establece las reglas de juego para las transmisiones y mensajes políticos de los candidatos y se advierte que “deberán realizarse dentro de los parámetros del respeto a la honra, el buen nombre y a la intimidad de los demás aspirantes y de las personas en general, de manera que en ningún momento perturben el desarrollo normal del debate electoral”.

Se dispone además que, a partir del lunes, 23 de octubre, y hasta el lunes, 30 de octubre, de 2023, solo podrán efectuarse reuniones de carácter político en recintos cerrados.

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En caso de segunda vuelta para la elección de alcalde mayor de Bogotá, si hubiere lugar a ello, se aplicará en el territorio del Distrito Capital, a partir del lunes, 13 de noviembre, y hasta el lunes, 20 de noviembre, de 2023.

Durante el día de elecciones se prohíbe toda clase de propaganda, manifestaciones, comunicados y entrevistas con fines político-electorales a través de radio, prensa y televisión, así como la propaganda móvil, estática o sonora. Para el día de las elecciones el elector puede portar un elemento de ayuda, el cual deberá tener como medida máxima 10 centímetros por 5.5 centímetros, portado en lugar no visible.

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“La Policía Nacional decomisará toda clase de propaganda proselitista que esté siendo distribuida o que sea portada por cualquier medio durante el día 29 de octubre, salvo la ayuda de memoria señalada en el inciso segundo de este artículo”, señala el proyecto de decreto.

Durante la jornada electoral, no podrán usarse, dentro del puesto de votación, teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video entre las 8:00 de la mañana y las 4:00 de la tarde, salvo los medios de comunicación que deseen participar, previa coordinación con la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Las autoridades militares y de policía coordinarán con los alcaldes y secretarios de Gobierno o quienes hagan sus veces, y con los respectivos comités de orden público y consejos departamentales y municipales de seguridad, las acciones y adopción de medidas que correspondan, en aras de afrontar y superar los hechos que puedan dar lugar a alteraciones del orden público en los municipios y distritos donde se vaya a llevar a cabo la jornada electoral.

Adicionalmente, los prestadores del servicio de energía eléctrica deberán tomar todas las acciones necesarias que permitan garantizar la prestación de este servicio en óptimas condiciones, de manera previa, durante y después del certamen electoral, en especial, en los puestos de votación y sitios de escrutinios. La Superintendencia de Servicios Públicos vigilará que se cumpla esta medida.

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Para estos nuevos comicios se establece la ley seca. Queda prohibido en todo el territorio nacional la venta y el consumo de bebidas embriagantes desde las 6:00 de la tarde del sábado, 28 de octubre, hasta las 6:00 de la mañana del lunes, 30 de octubre de 2023.

En caso de segunda vuelta para la elección de alcalde mayor de Bogotá, si hubiere lugar a ello, la prohibición se aplicará en el territorio del Distrito Capital, desde las 6:00 de la tarde del sábado, 18 de noviembre, hasta las 6:00 de la mañana del lunes, 20 de noviembre de 2023.

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De acuerdo al borrador de decreto, las autoridades militares adoptarán las medidas necesarias para la suspensión general de los permisos para el porte de armas desde el sábado, 28 de octubre, a las 6:00 de la mañana hasta la misma hora del 30 de octubre y, si hay segunda vuelta, desde las 6:00 de la mañana del sábado, 18 noviembre, hasta la misma hora del lunes.

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