¿Interceptación por error a Uribe es legal? Magistrado Hernández explica
Con un ejemplo, el magistrado expone sus argumentos.
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El presidente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, magistrado Luis Antonio Hernández, en entrevista con BLU Radio, dijo que será la nueva sala de instrucción la que decidirá si las interceptaciones por error al expresidente Álvaro Uribe son o no legales.
Vea también: Nueva Sala de Instrucción decidirá si interceptación a Uribe es legal: magistrado Hernández
Sin embargo, al responder a una pregunta del periodista Felipe Zuleta sobre la legalidad de las pruebas que llevaron a la Corte a abrir una investigación contra el expresidente, con base a esas interceptaciones, el magistrado respondió con un ejemplo.
“Eso es lo que se llama en procedimiento penal como un hallazgo inevitable. Lo voy a poner como un ejemplo: resulta que, al escribir el mandato de allanamiento, que es una intromisión en la intimidad de una persona, como lo es meterse en sus escuchas telefónicas, en lugar de carrera, un secretario, escribe calle: era carrera 12 y escribe calle 12 y el número es igual, pero la dirección es otra, van a esa dirección y allanan. En el allanamiento encuentran a una persona secuestrada”, dijo.
Ante este escenario, el magistrado se preguntó qué deberían hacer los encargados de hacer el allanamiento: “¿Pedir excusas e irse ignorando el delito”?
“Cuando se ordena el allanamiento deliberadamente no está interceptando a Álvaro Uribe. Él cree estar interceptando a Nilton Córdoba. No íbamos a hacer esta jugada tan absurda de interceptar al expresidente usando como parapeto a Nilton Córdoba”, dijo.
Escuche el audio:
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El caso
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El pasado mes de septiembre, sala penal de la Corte Suprema de Justicia le envió una misiva al senador Álvaro Uribe Vélez, en el cual le expresa que hizo interceptaciones al número telefónico referido en una investigación que estaba adelantando al congresista Nilton Córdoba.
El alto tribunal, en cabeza del magistrado José Luis Barceló, le expresó que hubo una equivocación en el número porque se había establecido que pertenecía al representante a la Cámara por el departamento del Chocó.
En la misiva, de 3 páginas, la Corte Suprema aseguró que cuando los investigadores se dieron cuenta que dicho teléfono y conversaciones no eran los del representante Córdoba, suspendieron las actividades de interceptaciones que se había ordenado.
El 4 de abril la Corte dio por terminada dicha labor de interceptaciones al número que se refería el expediente y consideró que “obedeció a un hallazgo imprevisto e inevitable”.
No obstante, la Corte hizo la claridad de que el informe recaudado de esas interceptaciones fue enviado a la sala que lleva el expediente que se le sigue al senador Uribe Vélez por la presunta manipulación de testigos.
“Sin embargo, en consideración a que tal actividad si resultaba trascendente y relevante para los fines y propósitos de esta actuación (52240)”, señala la Corte.
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