Arrancó oficialmente la cuenta regresiva para que el Congreso de la República estudie y defina el futuro de las seis objeciones que hizo el presidente de la República, Iván Duque, a la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial de Paz.
A cinco días del inicio del periodo de sesiones ordinarias y en el último que tenía de plazo el jefe de Estado para sancionar u objetar la norma, la secretaria jurídica de la Presidencia, Clara María González, presentó ante el Congreso el documento que contiene los seis artículos objetados y los argumentos de Duque para oponerse a cada uno de ellos.
A partir del próximo 16 de marzo el legislativo podrá iniciar la discusión de las objeciones. El primer paso del trámite será la confirmación de una comisión accidental que definirán los presidentes del Senado, Ernesto Macías, y la Cámara, Alejandro Carlos Chacón, la cual se encargará de estudiar el tema y presentar un informe a las plenarias.
Ese informe requerirá de una mayoría calificada, esto es la mitad más uno del total de integrantes de cada cámara, para ser aprobado. Si no se alcanza esa mayoría, se tendrá que someter a votación con posterioridad.
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¿Cuál es el tiempo límite para definir las objeciones?
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El Congreso tendrá exactamente el mismo tiempo que tardó el trámite de la ley para definir las objeciones, es decir, dos periodos. En ese orden, la decisión final debe estar lista a más tardar en diciembre de este año.
El secretario General del Senado, Gregorio Eljach, dijo que además de las modificaciones presentadas por el jefe de Estado, se podría abrir el debate sobre los otros artículos.
“Los congresistas soon libres de discutir lo que ellos a bien tengan. Las objeciones son un tema que hacen parte de un cuerpo mayor que es la ley estatutaria de 153 artículos, entonces las discusiones seguramente se van a extender más allá”, explicó Eljach.
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Los escenarios
El desenlace de este nuevo capítulo que se abre en el debate de la ley estatutaria de la JEP incluye cuatro escenarios posibles.
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El primero de ellos es que el Congreso acoja las objeciones y con ello se caerían los seis artículos en discusión y de ahí se iría a sanción presidencial.
En segundo lugar está la opción de que el legislativo rechace las objeciones con lo cual la ley se mantendría cómo salió de la Corte Constitucional e iría a sanción y, si el presidente no cumple con ese trámite, el presidente del Senado tendría que asumir esa función.
El tercer escenario es que solo una de las cámaras acepte las objeciones y la otra las niegue, lo cual, conforme al reglamento del Congreso, significaría que la ley sería archivada.
En caso tal de que se hagan modificaciones a lo avalado por la Corte en el examen de constitucionalidad, el proyecto volvería al alto tribunal a una nueva revisión.
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