La Corte Constitucional avaló de manera parcial la emergencia económica y social declarada por la crisis climática en Montería, Córdoba, tras las intensas lluvias, pero limitó varias facultades gubernamentales.¿Qué tumbó la Corte de la emergencia económica en Montería?El alto tribunal determinó que no procederán las medidas enfocadas en la atención de la crisis financiera de las empresas de servicios públicos de energía eléctrica, ni las destinadas a mitigar el riesgo sistémico para la continuidad de dicho servicio domiciliario.De igual forma, la Sala Plena dejó sin efectos las facultades extraordinarias de la Agencia Nacional de Tierras en materia de deslinde de tierras de la Nación, así como la recuperación de bienes de uso público y baldíos. Tampoco se permitirá la actualización de los planes de manejo de cuencas hidrográficas ni los procesos de acotamiento de rondas hídricas bajo este decreto excepcional.A pesar de tumbar estos apartes, el fallo emitió órdenes estrictas para el Ejecutivo y el Congreso de la República de cara al futuro. Ambas instituciones deberán incluir, desde sus competencias, el impacto climático en la preparación de los próximos Planes Nacionales de Desarrollo para optimizar la respuesta estatal ante desastres.Asimismo, el tribunal exhortó directamente al presidente de la República, en su condición de conductor del sistema de gestión del riesgo de desastres, a impulsar las medidas necesarias para asegurar el financiamiento permanente de estas políticas y fortalecer la capacidad de atención ante calamidades vinculadas al cambio climático.
Hay reacciones divididas entre los gremios empresariales tras la decisión de la Corte Constitucional de suspender la segunda cuota del impuesto al patrimonio para algunos contribuyentes, mientras se toma una decisión de fondo. Algunos ven este como un buen inicio de la discusión y para otros es abiertamente una decisión equivocada.Tras la emergencia por lluvias en el norte del país, el Gobierno nacional declaró la emergencia económica y decretó el cobro de impuesto al patrimonio para todas las compañías con más de 10.000 millones en patrimonio. La suspensión aplica por el momento únicamente para entidades sin ánimo de lucro, como las universidades, y también para empresas que estén en liquidación."Es un buen inicio de la discusión porque no solamente se generan efectos nocivos hacia este segmento, sino que los efectos del decreto, desde el punto de vista de inexequibilidad y de la suspensión frente a estos decretos, no solamente debe darse hasta ese sector, sino hacia los sectores que tienen un ánimo de lucro, como es el sector industrial, el sector comercial, el sector empresarial del país. Porque al final del día, este impuesto también es una carga tributaria no deseada, que carece de proporcionalidad a la luz de la constitución colombiana frente a lo sucedido en el departamento de Córdoba", dijo el presidente de Andeg, Alejandro Castañeda.Y es que los 34 gremios del Consejo Gremial Nacional, y otros sectores empresariales, ya le habían pedido a la Corte que suspendiera el impuesto al patrimonio por considerar que puede causar un impacto desproporcionado en la empresa privada.¿Qué dicen los gremios sobre la decisión de la Corte Constitucional?En ese sentido, hay gremios que ven con preocupación esta primera decisión. Entre ellos el presidente de Fenalco, Jaime Alberto Cabal, quien dijo que la decisión era "lamentable"."El Gobierno no demostró en los decretos que se cumpliera el requisito de suficiencia, es decir, que los recursos que dice necesitar, no se puedan obtener por medios ordinarios, especialmente, reduciendo el derroche y el gasto burocrático en época preelectoral. Queda esperar que un Gobierno responsable y un Congreso consciente de su papel histórico, deroguen el absurdo e inconstitucional impuesto al patrimonio", agregó.
La Asociación Nacional de Industriales envió un concepto a la Corte Constitucional en donde argumenta su postura para pedir que se caiga la emergencia económica, si bien la Andi reconoce que lo ocurrido en regiones como Córdoba tras la ola invernal sí se trata de un hecho grave, no es sobreviniente ni imprevisible.En el documento, firmado por el presidente del gremio, Bruce Mac Master, la Andi plantea que el decreto no cumple con los requisitos constitucionales para la declaratoria de un estado de excepción. En ese sentido, sostiene que la medida no satisface el presupuesto fáctico ni supera el juicio valorativo exigido por la Constitución.“El decreto acredita, es cierto, que el fenómeno hidrometeorológico produjo daños significativos: pérdidas humanas, afectaciones a viviendas, infraestructura, producción agropecuaria y ecosistemas. La Andi no desconoce la tragedia que aún embarga a la región Caribe. Sin embargo, en ningún punto el Decreto 0150 de 2026 demuestra que dichas afectaciones sean constitucionalmente inmanejables mediante los mecanismos ordinarios del Estado”, señaló la Andi.La Corte Constitucional deberá evaluar las solicitudes y conceptos que han llegado allí al alto tribunal sobre la emergencia económica. En ese sentido, se espera que esta misma semana los magistrados se reúnan para evaluar las solicitudes de suspensión provisional que pesan sobre el decreto.
La Sala Plena de la Corte Constitucional se reunió en la tarde de este lunes, 27 de abril, para debatir una eventual suspensión de tres decretos que se desprenden de la emergencia económica decretada en febrero por el Gobierno del presidente Gustavo Petro tras la grave crisis invernal que azotó a 8 departamentos. Sin embargo, seis magistrados se declararon impedidos para estudiar dichas solicitudes por lo que la decisión queda en pausa hasta tanto se defina si los impedimentos prosperan o no.Se trata de los magistrados: Miguel Efraín Polo, Lina Marcela Escobar, Paola Meneses, Vladimir Fernández, Carlos Camargo y Natalia Angel. Solamente no se declararon impedidos Jorge Enrique Ibañez, Hector Carvajal y Juan Carlos Cortés.¿Sobre cuáles decretos hay solicitud de suspensión provisional?El primer decreto es el que permite la contratación directa y excepciones a la Ley de Garantías. Esto, por supuesto, generó una enorme polémica sobre el uso de recursos durante la época electoral.El segundo, abrió la puerta a la posibilidad de expropiación y ocupación temporal de tierras y procesos de clarificación de propiedad y recuperación de baldíos. El último, está relacionado al impuesto al patrimonio para las empresas.Por este último punto es que los seis magistrados presentaron su impedimento, ya que el impuesto al patrimonio también cobija a las universidades y los togados ha dictado cátedra lo que supondría un conflicto de interés. Precisamente este martes, 28 de abril, se reunirán para definir los conjueces con el fin de determinar si se aceptan o no los impedimentos. Si se niegan, el miércoles podría haber definición de fondo sobre el tema.Además, Blu Radio conoció en primicia que la Defensoría del Pueblo le pidió a la Corte Constitucional avalar la emergencia económica del Gobierno del presidente Petro expedida tras la ola invernal que azotó a varios departamentos, entre ellos Córdoba. Para la Defensoría, la crisis climática registrada en febrero de este año sí constituye una grave calamidad pública.
La revisión en la Corte Constitucional de uno de los decretos más sensibles expedidos por el Gobierno para atender la emergencia climática en la región Caribe quedó envuelta en una controversia jurídica. La Presidencia de la República presentó una recusación para que el magistrado Carlos Camargo Assis sea apartado del estudio del Decreto Legislativo 174 de 2026, al considerar que tendría un posible interés directo en la decisión.La norma en discusión contempla medidas extraordinarias para atender las afectaciones causadas por las inundaciones en varios departamentos del Caribe, que dejaron más de 100.000 hectáreas de cultivos afectadas y provocaron desplazamientos de comunidades.Entre las disposiciones más relevantes del decreto están la declaratoria de utilidad pública de predios rurales, la posibilidad de expropiación y ocupación temporal de tierras, la imposición de servidumbres, la incorporación de predios al Fondo de Tierras y procesos de clarificación de propiedad y recuperación de baldíos.En la práctica, el decreto plantea una intervención excepcional sobre el uso y la tenencia de la tierra en zonas afectadas por la emergencia.Según la Presidencia, Camargo Assis sería propietario de al menos tres predios ubicados en Córdoba y Sucre, incluido uno en el municipio de Lorica, una de las zonas impactadas por la emergencia climática. Por esa razón, el Gobierno argumenta que podría configurarse la causal de recusación por “tener interés en la decisión”, contemplada en el Decreto 2067 de 1991.En el documento presentado ante la Corte, la Casa de Nariño sostiene que ese posible interés sería actual, debido a que el decreto ya está en vigencia, y directo, porque las medidas podrían recaer sobre bienes de los que el magistrado sería propietario. Según el escrito, no se trata de un escenario hipotético sino de un interés “cierto, específico y verificable”.La recusación también plantea un debate sobre la imparcialidad judicial en el análisis de decretos de emergencia. El Gobierno argumenta que no solo debe evitarse un conflicto real, sino también cualquier circunstancia que pueda generar dudas sobre la independencia de quien participa en la decisión.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) confirmó que devolverá únicamente 57.000 millones de pesos de los recursos recaudados durante la vigencia de los decretos de la emergencia económica de enero de 2026, luego de que la Corte Constitucional suspendiera dichas medidas. Así lo explicó su director, Carlos Betancourt, en entrevista con Néstor Morales en Mañanas Blu, donde detalló los mecanismos y limitaciones del proceso de devolución.Durante los 29 días en los que estuvieron activos los decretos —entre el 1 y el 29 de enero— la entidad logró recaudar cerca de 1,69 billones de pesos, de los cuales la gran mayoría corresponde a alivios tributarios que no serán objeto de devolución.“Recaudamos 1,69 billones de pesos, de los cuales 1,63 billones corresponden a alivios tributarios. Eso es una situación jurídica consolidada y no aplica devolución”, explicó Betancourt.Alivios tributarios: la clave del recaudoEl grueso del dinero recaudado se originó en beneficios otorgados a contribuyentes morosos, quienes aprovecharon reducciones en intereses y sanciones para ponerse al día con sus obligaciones fiscales.Según el director de la DIAN, este mecanismo incentivó el pago masivo de deudas: “Muchas personas que tenían deudas con la DIAN se acogieron a condiciones especiales para liquidar sus obligaciones más rápidamente. Eso benefició a muchísimos contribuyentes”, señaló.Este contexto explica por qué más del 90% del recaudo no será devuelto, ya que legalmente se considera consolidado en favor de los contribuyentes.¿Qué impuestos sí serán devueltos?De los 57.000 millones de pesos que deberán reintegrarse, la DIAN detalló que la mayor parte corresponde a:Impuesto de estabilidad fiscal en exportaciones de hidrocarburos y carbónIVA en compras de bajo valor (minimis)IVA en licores y apuestas en línea (en menor proporción)Betancourt precisó: “Los únicos valores a devolver son principalmente 24.000 millones de pesos por estabilidad fiscal y cerca de 14.000 millones por importaciones de bajo valor”, indicó.Devolución del IVA en licores: un proceso complejoUno de los puntos más controversiales es la devolución del IVA en licores, que afectó a consumidores durante enero. Sin embargo, el proceso no será automático y dependerá de la facturación electrónica.“Si la persona tiene factura electrónica, puede solicitar la devolución. Si es declarante, se le dará como crédito fiscal en su declaración de renta”, explicó el funcionario.Esto implica que muchos ciudadanos no recibirán dinero en efectivo, sino un saldo a favor para futuras obligaciones tributarias. Además, quienes no cuenten con factura electrónica difícilmente podrán acceder a la devolución.Compras por plataformas digitales: devoluciones a demandaEn el caso de las compras internacionales de bajo valor —conocidas como minimis—, la devolución será aún más compleja. Los usuarios deberán reclamar directamente a los operadores logísticos.“Cada persona debe solicitar al operador logístico la devolución. Es un proceso a demanda”, afirmó Betancourt.Este mecanismo ha generado dudas sobre su viabilidad, dado que muchos montos son bajos y el trámite podría resultar engorroso para los ciudadanos.IVA a apuestas en línea y otros casosOtro componente relevante es el IVA aplicado a las apuestas en línea, que recaudó aproximadamente 3.700 millones de pesos. En estos casos, la devolución contempla distintos procedimientos, incluyendo correcciones de declaraciones tributarias.Asimismo, en el caso de licores importados, la DIAN aclaró que no habrá devolución directa: “Los importadores aplican ese IVA como impuesto descontable, por lo que no hay lugar a devolución”, puntualizó el director.Baja probabilidad de reclamacionesPese a la existencia de mecanismos formales, la DIAN reconoce que la probabilidad de que los ciudadanos reclamen estos montos es baja, debido a la complejidad de los procesos y los valores reducidos.“Hay una probabilidad diferente de cero de que lo reclamen, pero estamos preparados para atender esas solicitudes”, afirmó Betancourt.
La decisión de la Sala Plena de la Corte Constitucional de tumbar la emergencia económica del gobierno del presidente Gustavo Petro, decretada en diciembre pasado tras el hundimiento de la ley de financiamiento en el Congreso sigue teniendo aristas. Una de ellas tiene que ver con la decisión de dos magistrados de salvar parcialmente el voto, es decir, apartarse de la decisión de sus colegas en el alto tribunal por una razón en específico.Héctor Carvajal, quien llegó a ocupar una silla en la Corte tras ser ternado por el presidente Gustavo Petro debido a su cercanía —pues fue su abogado durante varios años—, explicó en su salvamento las razones por las que no estuvo totalmente de acuerdo con tumbar la emergencia económica.El magistrado Carvajal sostuvo que, de los ocho hechos invocados por el Gobierno, al menos uno sí cumplía los requisitos constitucionales: el relacionado con el cumplimiento del Auto 2049 de 2025, derivado de la Sentencia T-760 de 2008, que ordena superar las fallas estructurales del sistema de salud.Aunque la mayoría de la Corte concluyó que este hecho no superaba el juicio de sobreviniencia, al considerar que se trata de una problemática conocida desde hace años, el magistrado Héctor Carvajal argumentó que la Constitución no exige que los hechos sean completamente nuevos, sino que se aparten de lo ordinario.En ese sentido, explicó que una crisis estructural puede justificar un estado de emergencia cuando se agrava de manera inesperada y supera la capacidad de respuesta institucional. Para el togado, la jurisprudencia reconoce que no solo los hechos imprevisibles en su origen, sino también los efectos extraordinarios de situaciones preexistentes, pueden dar lugar a medidas excepcionales.El magistrado también advirtió que la crisis del sistema de salud presenta precisamente ese escenario de agravamiento, especialmente por el impacto fiscal derivado del ajuste en la Unidad de Pago por Capitación (UPC), que es lo que paga el Estado por cada afiliado al sistema de salud.“Por lo tanto, se consideró que la Corte debía declarar la exequibilidad parcial, únicamente respecto de los hechos y consideraciones relacionados con el cumplimiento del Auto 2049 de 2025 de la Corte Constitucional, que ordenó un ajuste de la UPC de salud”, señaló el magistrado Carvajal.
La Corte Constitucional detalló los argumentos por los cuales decidió tumbar la emergencia económica declarada en diciembre del año pasado por el gobierno de Gustavo Petro.Al amparo de esa emergencia, el Gobierno pretendía reemplazar la reforma tributaria del año pasado, que fue hundida por el Congreso. Hoy, el Gobierno está preparando nuevamente un proyecto de ley de reforma tributaria que llevará al Congreso con mensaje de urgencia.Vale recordar que estamos hablando de una emergencia que ya estaba suspendida y que nada tiene que ver con las lluvias en el norte del país, que motivaron la declaratoria de una nueva emergencia económica en 2026 (la cuarta en el mandato de Gustavo Petro).Estos son los argumentos de los magistrados.1. El Congreso puede hundir proyectos de leyPara la Corte Constitucional no hay nada de “imprevisible” en el hecho de que el Congreso pueda rechazar un proyecto de ley, como ocurrió con la reforma tributaria el año pasado."El Ejecutivo conoce, desde el diseño y la presentación de este tipo de iniciativas, que su aprobación depende de las mayorías políticas en el Congreso y de la deliberación democrática. En consecuencia, la ausencia de una ley de financiamiento no constituye un hecho nuevo o inesperado", señala la Corte.2. El Gobierno ya sabía que las lluvias iban a llegarPara la Corte es obvio que el gobierno conocía de antemano que el país se enfrenta a riesgos asociados al cambio climático. La prueba de lo “previsible” que eran las lluvias es que el propio gobierno había declarado la situación de desastre nacional tanto en 2024 como en 2025."En ese sentido, aunque la situación es constitucionalmente relevante, no constituye un hecho sobreviniente que, por sí mismo, habilite el ejercicio de facultades excepcionales en los términos del artículo 215 de la Constitución", aseguró.3. La orden de aumentar la UPC del régimen subsidiado se conocía desde hace añosPara la Corte no es repentino ni extraordinario que el gobierno tenga la obligación de elevar la Unidad de Pago por Capitación para financiar la atención de los pacientes del régimen de salud subsidiado."Esta obligación surge de un mandato estructural de larga data, derivado de la Sentencia T-760 de 2008 y reiterado de manera constante en múltiples autos de seguimiento, incluido el Auto 2049 de 2025. En concreto, la orden de equiparación referida se profirió en los autos A-261 (resolutivo cuarto) y A-262 de 2012 (resolutivo tercero)", explicó la Corte.En otras palabras, la obligación ya existía mucho antes de que el Congreso hundiera la reforma tributaria.4. El deterioro de la seguridad no sirve para declarar una emergencia económicaSegún la Corte, el deterioro de la seguridad ciudadana en el país habilita al gobierno para utilizar la figura de conmoción interior, creada en la Constitución, pero no para usar la figura de la emergencia económica.5. Las sentencias judiciales son una obligación, no una sorpresaSegún la Corte, el crecimiento del saldo de los créditos judiciales no obedece a un hecho súbito o externo, sino a una acumulación gradual asociada a decisiones de política fiscal y presupuestal. En consecuencia, no es un hecho sobreviniente.6. Pagar los gastos hace parte de las obligaciones permanentes del GobiernoEl gobierno argumentó que una de las razones para declarar la emergencia era la necesidad de responder por las obligaciones legales y contractuales de la nación. Sin embargo, para la Corte estos gastos son "permanentes y conocidos" y su incumplimiento es consecuencia de decisiones presupuestales del propio Gobierno.7. Las restricciones al endeudamiento tampoco son sorpresivasLa Corte le recordó al gobierno que la regla fiscal y sus limitaciones son parte de la "dinámica regular de los mercados financieros" y, en ese sentido, estas son circunstancias "conocidas y previsibles". Finalmente, la Corte asegura que las restricciones de caja de la Tesorería General de la Nación se fundamentan a partir de "afirmaciones generales y valoraciones de carácter especulativo".
El presidente Gustavo Petro volvió a lanzar fuertes críticas contra el Banco de la República, el Congreso y el sistema político, luego del hundimiento de la reforma tributaria y la decisión de la Corte Constitucional de Colombia de tumbar la emergencia económica decretada por su Gobierno.Las declaraciones se dan luego de que la Sala Plena del alto tribunal tomara la decisión con una votación de 6 a 2, dejando sin efecto la emergencia económica que había sido expedida tras el hundimiento de la reforma tributaria en el Congreso. Según el Gobierno, esa emergencia tenía un valor cercano a 16,3 billones de pesos y hacía parte de los recursos previstos para enfrentar la situación fiscal del país.En medio de este escenario, Petro insistió en que el Gobierno radicará nuevamente una ley de financiamiento en el Congreso. El mandatario señaló que la iniciativa busca garantizar que se recauden más impuestos, especialmente a los sectores con mayores ingresos, y reiteró que esta sería la quinta vez que se intenta avanzar con una reforma de este tipo.Durante sus declaraciones, el jefe de Estado también ordenó al ministro de Hacienda recortar el gasto público."Yo sí creo que hay que recortar el gasto, pero el gasto que transfiere el dinero público a los ricos más ricos de Colombia así nos intenten meter presos o matar", señaló.Además, advirtió que la crisis no puede ser asumida por los trabajadores y cuestionó que no se aprueben impuestos a los sectores más adinerados del país.Petro aseguró que el rechazo a estas reformas ha sido reiterado y atribuyó parte del problema al Banco de la República y a decisiones políticas y judiciales. En ese sentido, afirmó que el país ha perdido varias oportunidades de aprobar cambios tributarios que permitan reducir el costo de la deuda pública y aumentar el recaudo.Asimismo, sostuvo que las decisiones en torno a la emergencia económica y la reforma tributaria afectan la capacidad del Estado para financiar sus obligaciones, y señaló que el aumento de la deuda implica una transferencia de recursos hacia los tenedores del sistema financiero.Además, el presidente añadió que el fallo de la Corte Constitucional es una decisión que afecta los recursos destinados a la atención de víctimas."La sentencia de la Corte Constitucional de la Corte Constitucional es contraria a la sentencia de la Corte que obliga al Estado a indemnizar las víctimas, porque les está quitando los recursos", dijo el mandatario.No obstante, en el decreto de emergencia económica no estaba orientado o destinado a la indemnización de víctimas del conflicto armado.Finalmente, Petro insistió en la necesidad de un acuerdo político y reiteró que el Gobierno continuará insistiendo en la presentación de una nueva reforma tributaria ante el Congreso.
La Corte Constitucional declaró inexequible la emergencia económica dictada por el Gobierno Nacional en diciembre de 2025. El fallo anula el decreto principal y frena el recaudo de nuevos impuestos.La Sala Plena del alto tribunal declaró la inexequibilidad del Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025. Esta norma era la base jurídica "por el cual se declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional". Con una votación de 6-2, la Corte dejó sin piso legal la medida excepcional del presidente Gustavo Petro.En la votación, el magistrado Héctor Carvajal Londoño y Vladimir Fernández Andrade salvaron parcialmente el voto.La determinación se apoyó en la ponencia del magistrado Carlos Camargo, quien advirtió que la intervención judicial era necesaria para evitar perjuicios irremediables al orden institucional.Suspensión de decretos e impuestos adicionalesAdemás de tumbar la norma matriz, la Corte Constitucional tomó medidas sobre las disposiciones derivadas. El tribunal fue enfático al declarar que los Decretos Legislativos 1474 de 2025 y 044 de 2026 "continuarán sin producir efectos hasta tanto la Sala Plena de esta Corte profiera una decisión definitiva respecto de su constitucionalidad".Este pronunciamiento congela de forma inmediata la creación de nuevos impuestos y otras medidas fiscales que el Ejecutivo había implementado al amparo de la emergencia. La Sala, conformada por ocho magistrados ante el impedimento de Jorge Enrique Ibáñez, ratificó que las facultades extraordinarias no pueden vulnerar los principios de necesidad y proporcionalidad.Para el ciudadano común, esto se traduce en la suspensión de las cargas tributarias anunciadas recientemente, las cuales pierden su sustento legal tras el análisis de fondo del tribunal.
Empresas Públicas de Medellín (EPM) entregó un parte de tranquilidad sobre el estado de su infraestructura tras el fuerte terremoto registrado en Colombia y desmintió las versiones que señalaban supuestas afectaciones o un posible colapso de alguna de sus represas, entre ellas Hidroituango. La compañía aseguró que, luego de las inspecciones realizadas por sus equipos técnicos, las 13 grandes presas que administra se encuentran en condiciones de normalidad.De acuerdo con EPM, las revisiones incluyeron la infraestructura relacionada con generación de energía, acueducto y alcantarillado, distribución de gas, así como transmisión y distribución de energía. Los equipos especializados verificaron las condiciones de las instalaciones y no encontraron afectaciones que comprometan su funcionamiento.Entre las estructuras inspeccionadas estuvieron las centrales y pequeñas centrales de generación de energía, incluyendo Hidroituango. Las labores de revisión abarcaron puntos considerados clave para la operación de las instalaciones, como torres de captación, subestaciones, casas de máquinas y vertederos. Alberto Mejía Reyes, gerente de Generación de Energía de EPM, confirmó que las condiciones de la presa se mantienen dentro de la normalidad.“En EPM tenemos 13 grandes presas, entre ellas Ituango. Podemos reportar normalidad en las condiciones de todas las presas”, aseguró Mejía. El funcionario agregó que Hidroituango cuenta con un monitoreo permanente, las 24 horas del día, como parte de los protocolos establecidos para verificar su estado.El reporte también contempla a las empresas del Grupo EPM que operan en diferentes regiones del país, entre ellas CHEC, en Caldas, y EDEQ, en Quindío. Si bien la infraestructura presenta un buen estado general, se han registrado afectaciones en el servicio de energía en algunos sectores de Caldas y Risaralda, situaciones que están siendo atendidas por los equipos técnicos de CHEC.EPM señaló que continuará monitoreando el estado de sus instalaciones y que informará oportunamente cualquier novedad relacionada con la prestación de los servicios públicos. La compañía, además, hizo un llamado a la ciudadanía para consultar únicamente información proveniente de las autoridades oficiales encargadas de la geociencia y la gestión del riesgo y pidió no replicar mensajes sobre supuestas réplicas, debido a que estos fenómenos no pueden ser predichos.
El terremoto de magnitud 7,4 que sacudió este lunes 10 de agosto gran parte del territorio colombiano deja, de manera preliminar, 111 personas fallecidas y 87 heridas, de acuerdo con el balance entregado por el presidente Abelardo De La Espriella.El mandatario presentó el primer reporte nacional sobre la emergencia durante una declaración pública en Bogotá, varias horas después del movimiento telúrico, y anunció la declaratoria de desastre nacional debido a la magnitud de las afectaciones registradas en diferentes regiones del país.Según las cifras entregadas por el Gobierno a las 12:30 de la tarde, además de las víctimas mortales y los heridos, el terremoto dejó 1.575 viviendas averiadas y otras 37 completamente destruidas. También se reportó el colapso de 61 edificios.La emergencia afecta principalmente a departamentos del occidente y centro del país, donde organismos de socorro adelantan labores de búsqueda, rescate y evaluación de daños.Terremoto hoy en Colombia en vivoTerremoto en Colombia deja daños en viviendas y edificiosEl balance preliminar presentado por el presidente da cuenta de una afectación considerable en la infraestructura. Además de las viviendas y edificaciones colapsadas, 18 centros de salud y 52 instituciones educativas presentan daños como consecuencia del movimiento telúrico.Las autoridades mantienen desplegados equipos de emergencia para establecer el alcance real de las afectaciones, especialmente en las zonas donde se han presentado reportes de personas atrapadas bajo estructuras colapsadas."Lo primero es el rescate de las personas que se encuentran bajo los escombros. Esa es la prioridad", aseguró De La Espriella al explicar las acciones que adelanta el Gobierno después del terremoto.La búsqueda de sobrevivientes concentra los esfuerzos de los organismos de primera respuesta, mientras continúan las evaluaciones estructurales y la recopilación de información proveniente de los departamentos afectados.Siete aeropuertos permanecen cerradosEl terremoto también provocó afectaciones en la infraestructura aeroportuaria. De acuerdo con el balance entregado por el Gobierno, siete aeropuertos presentan daños y permanecen cerrados para la operación de vuelos comerciales.Los terminales afectados son los de Pereira, Manizales, Quibdó, Armenia, Cartago, Cali y Buenaventura. Las autoridades deberán determinar las condiciones de seguridad de cada infraestructura antes de permitir el regreso de las operaciones comerciales. El cierre de estos aeropuertos representa una de las principales consecuencias del terremoto sobre la movilidad entre las regiones afectadas.A las afectaciones aeroportuarias se suman 18 carreteras, que presentan daños derivados del movimiento telúrico. Las autoridades realizan verificaciones para establecer cuáles vías pueden continuar habilitadas y cuáles requieren intervención.Chocó, una de las zonas más afectadas por el terremotoEl epicentro del terremoto estuvo localizado en el departamento del Chocó, específicamente en el municipio de San José del Palmar, según el Servicio Geológico Colombiano (SGC).El movimiento ocurrió a las 7:34 de la mañana, hora local, y tuvo una profundidad de 82 kilómetros. La intensidad del sismo permitió que fuera sentido en diferentes departamentos del centro y occidente del país, incluida Bogotá y otras ciudades importantes.Ante la magnitud de la emergencia, el presidente anunció que viajará durante la tarde a Quibdó, capital del Chocó, para supervisar personalmente la atención de la emergencia.Otros integrantes del Gobierno nacional serán enviados a Valle del Cauca y el Eje Cafetero, regiones que también registraron importantes afectaciones.La presencia de funcionarios en las zonas más golpeadas busca facilitar la coordinación entre el Gobierno nacional, las autoridades departamentales y municipales y los organismos encargados de la atención de desastres.Gobierno declara desastre nacionalLa declaratoria de desastre nacional permitirá al Gobierno concentrar esfuerzos y recursos para atender las consecuencias del terremoto y coordinar las acciones necesarias en las regiones afectadas.El presidente De la Espriella, quien asumió el cargo el pasado viernes 7 de agosto, afronta así su primera gran emergencia nacional apenas tres días después de comenzar su mandato.Mientras avanzan las labores de rescate, las autoridades continúan recopilando información para actualizar el número de víctimas, heridos y daños materiales.El balance entregado durante el mediodía es preliminar y podría aumentar a medida que los equipos de emergencia ingresen a las zonas afectadas y se completen las inspecciones de viviendas, edificios e infraestructura pública.La prioridad, según el Gobierno, continúa siendo localizar y rescatar a las personas que puedan permanecer atrapadas, atender a los heridos y garantizar la seguridad de las comunidades afectadas por el terremoto.Las autoridades mantienen activos los protocolos de emergencia y coordinan las labores de respuesta en los departamentos donde se han reportado daños.
El alcalde de Cali, Alejandro Éder, confirmó este lunes que el terremoto deja, hasta el momento, 15 personas fallecidas y 380 lesionadas en la capital del Valle del Cauca. Los organismos de socorro continúan con las labores de búsqueda y rescate.“Al momento desde Cali podemos reportar que hay 380 personas lesionadas (...) que han sido atendidas en nuestros hospitales”, aseguró Éder, quien además confirmó con tristeza el fallecimiento de 15 caleños durante la emergencia.El mandatario explicó que las operaciones de búsqueda y rescate continúan para determinar si existen más víctimas mortales tras el terremoto. Las autoridades mantienen activo el protocolo de atención mientras avanzan las labores en las zonas afectadas.Ante la alta demanda de atención médica, la Alcaldía de Cali decretó la alerta roja hospitalaria, debido a que la red de salud se encuentra al 100 % de su capacidad. La medida busca priorizar la atención de las personas afectadas por el sismo.Por esta razón, fueron canceladas y reprogramadas temporalmente las cirugías, consultas externas y consultas prioritarias que no sean de absoluta urgencia. El alcalde pidió a los ciudadanos comprensión y colaboración para facilitar la atención de los casos más graves.La emergencia también provocó daños en cuatro instituciones hospitalarias, que tuvieron que ser evacuadas como medida preventiva. Se trata de la Clínica Nuestra, la Clínica DESA, la Clínica Colombia y el Hospital Universitario del Valle (HUV).Éder indicó además que la línea 106 permanece habilitada para brindar apoyo psicosocial a los ciudadanos afectados por el terremoto. La Alcaldía de Cali también mantiene coordinación permanente con el CRUE Valle y el Ministerio de Salud y Protección Social.En las próximas horas se espera la llegada de 120 rescatistas provenientes de diferentes ciudades del país, quienes se sumarán a los equipos que trabajan en Cali. El alcalde agradeció el apoyo enviado desde Bogotá, Buga, Popayán y otras ciudades.Respecto a los servicios públicos, el alcalde informó que el suministro de agua potable funciona con normalidad en Cali, salvo en algunas edificaciones que resultaron afectadas durante el sismo. En cuanto a la energía eléctrica, permanece una interrupción preventiva en diferentes sectores.“Vamos recuperando la red con mucha cautela, en algunos casos, no solo barrio por barrio, sino edificio por edificio”, explicó Éder al referirse a los trabajos para restablecer progresivamente el servicio de energía en las zonas afectadas.El alcalde también pidió a los caleños mantener despejadas las vías para facilitar el desplazamiento de ambulancias y equipos de emergencia. Aunque no hay pico y placa, Éder solicitó evitar desplazamientos innecesarios durante las labores de búsqueda y rescate.“Por favor mantengamos las vías libres para que puedan circular los equipos de búsqueda y de rescate”, señaló el mandatario, quien agradeció nuevamente el trabajo de la Policía, Bomberos, Defensa Civil, Cruz Roja y demás organismos que participan en la atención de la emergencia.Finalmente, Éder aseguró que las autoridades concentrarán sus esfuerzos durante las primeras 48 horas en rescatar a las personas que puedan permanecer atrapadas y atender a quienes resultaron afectados. También anticipó que se anunciarán medidas para las personas que no puedan regresar a sus hogares esta noche.
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El terremoto registrado este lunes en Colombia también tiene en vilo la realización de los partidos internacionales que Deportes Tolima e Independiente Santa Fe tienen programados esta semana. Según información del periodista Juan José Buscalia en Blog Deportivo, Conmebol mantiene comunicación permanente con los clubes y las autoridades colombianas y, por ahora, tanto Ibagué como Bogotá están habilitadas para recibir los encuentros.Deportes Tolima tiene previsto enfrentarse este martes a Independiente del Valle por los octavos de la Copa Libertadores, mientras que Santa Fe recibirá el miércoles a River Plate por los octavos de la Copa Sudamericana. De acuerdo con la información entregada en el programa, Independiente del Valle ya tendría definido su desplazamiento hacia Colombia: realizaría los trámites migratorios este lunes en la frontera entre Ecuador y Colombia y posteriormente tomaría un vuelo chárter rumbo a Ibagué. Por su parte, River Plate tendría previsto viajar este martes, a la 1:30 de la tarde, desde Argentina hacia Bogotá.Sin embargo, Conmebol no tendría previsto emitir este lunes un comunicado confirmando o cancelando los compromisos. La prioridad, según se explicó Buscalia en Blog Deportivo, es continuar evaluando la situación junto con los clubes y las autoridades locales antes de adoptar una determinación. Por ahora, la organización considera que las dos ciudades están habilitadas para albergar los partidos.En caso de que los encuentros deban ser aplazados, el calendario de las competencias internacionales permitiría cierta flexibilidad. Las revanchas están previstas para la semana siguiente y posteriormente existe una semana de receso entre los octavos y los cuartos de final. Esto permitiría trasladar las dos series una semana sin modificar necesariamente el resto de la programación de la competencia. No obstante, la decisión también tendría que coordinarse con los calendarios de River Plate e Independiente del Valle en sus respectivos torneos locales.Posición de Santa FeEl presidente de Santa Fe, Eduardo Méndez, confirmó en Blog Deportivo que el club tampoco había recibido hasta ese momento una comunicación oficial de Conmebol sobre el partido contra River. El dirigente explicó que durante la mañana se realizaron inspecciones al estadio y, hasta el momento, no se había reportado ninguna novedad que obligara a tomar medidas.Méndez también dejó claro que Santa Fe acatará la determinación que tome el organismo internacional y recordó que el club ya ha tenido que afrontar situaciones excepcionales en competencias internacionales, como cuando sucedió el terremoto en Venezuela. En esa ocasión, el cardenal sí disputó el partido en condición de visitante, pero en un estadio diferente por las afectaciones del sismo en el vecino país.Así las cosas, por ahora, ambos partidos de los equipos colombianos siguen firmes.