Por demoras para objetar leyes, Presidencia llamó la atención de sus ministros y directores
El documento firmado se conoce luego de que el presidente objetara, por razones de inconstitucionalidad e inconveniencia, el proyecto de ley que proponía incorporar el arbitraje como mecanismo en los procesos ejecutivos.
Es un llamado de atención para los ministros y directores que se hace a través de una circular, firmada por el secretario jurídico Augusto Ocampo, y que les recuerda los plazos y el procedimiento que deben seguir los Ministerios y Departamentos Administrativos para presentar objeciones por inconstitucionalidad o inconveniencia a los proyectos de ley antes de su sanción presidencial.
Dice el documento que se hace para que el presidente Gustavo Petro cuente con tiempo suficiente y documentación completa para decidir si sanciona u objeta un proyecto de ley, y cita los plazos para hacer dichas objeciones:
Para los proyectos de menos de 20 artículos: 2 días hábiles desde su recepción.
Entre 21 y 50 artículos: 5 días hábiles.
Más de 50 artículos: 10 días hábiles.
Gustavo Petro en consejo de ministros
Gustavo Petro
La circular advierte a los funcionarios que el incumplimiento de estas directrices podrá ser trasladado a instancias disciplinarias “pertinentes, a efectos de que se evalúen las acciones a que haya lugar, máxime cuando este incumplimiento le impida al presidente de la República cumplir con un mandato constitucional”.
El documento firmado se conoce luego de que el presidente objetara, por razones de inconstitucionalidad e inconveniencia, el proyecto de ley que proponía incorporar el arbitraje como mecanismo en los procesos ejecutivos para ayudar a descongestionar el sistema judicial.