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Consejo de Estado admite demanda que busca anular elección de Carolina Corcho al Senado

La demanda cuestiona la inscripción de la senadora como cabeza de lista del Pacto Histórico, pese a que no participó en la conformación de dicha lista el 26 de octubre de 2025.

Carolina Corcho
Carolina Corcho
Foto: suministrada

El Consejo de Estado admitió para estudio la demanda que busca anular la elección de Diana Carolina Corcho Mejía como senadora de la República para el periodo 2026-2030. La acción cuestiona la decisión del Pacto Histórico de inscribirla como cabeza de lista al Senado, "en dicha contienda no participó la demandada", en la consulta del 26 de octubre de 2025.

Sin embargo, la alta corte negó la solicitud de suspender provisionalmente su elección mientras avanza el proceso. El tribunal consideró que las pruebas presentadas hasta el momento no son suficientes para determinar si se incumplieron las normas electorales.

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La demanda fue presentada por un ciudadano que sostiene que el Pacto Histórico desconoció los resultados de la consulta interpartidista y la voluntad de quienes participaron en esa jornada. Según el recurso, la lista al Senado debía respetar las reglas de selección establecidas para quienes compitieron en la consulta.

"Las normas que rigen para las elecciones de la consulta popular disponen que se debe respetar la voluntad soberana, es decir, que la lista debe integrarse con quienes se sometieron a ella el 26 de octubre de 2025", indicó el demandante.

El demandante argumenta que la inscripción de Corcho como cabeza de lista, sin haber participado en esa consulta, habría desconocido el artículo 107 de la Constitución y varios artículos de la Ley 1475 de 2011, que establece reglas para los partidos políticos, las consultas y la selección de candidatos.

Otro de los cuestionamientos tiene que ver con el orden de la lista al Senado para las elecciones del 8 de marzo de 2026. Según la demanda, la conformación debía respetar los resultados obtenidos por los participantes de la consulta y no podía modificarse mediante acuerdos políticos que fueran contrarios a las normas electorales.

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Al estudiar la solicitud de suspensión provisional, el Consejo de Estado encontró que el acuerdo firmado por los partidos de la coalición contemplaba la posibilidad de definir la cabeza de lista mediante un acuerdo político entre sus representantes.

La decisión no significa que la elección haya sido declarada ilegal, pues el Consejo de Estado deberá estudiar los argumentos y las pruebas antes de emitir un fallo definitivo.

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