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Niegan tutela que pretendía que CNE otorgara personería a Colombia Humana

La decisión cobija al grupo significativo de ciudadanos Colombia Humana, en coalición con el Movimiento Alternativo Indígena y Social (MAIS).

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BLU Radio. Consejo Nacional Electoral / Foto: CNE

Para tomar la decisión, la sección tercera del alto tribunal sostuvo que la participación de este grupo en Cámara o Senado no es asimilable a la votación por ellos alcanzada en el debate electoral adelantado en procura de la Presidencia de la República, como ocurrió con el entonces candidato, ahora senador, Gustavo Petro.

Lo anterior, según explica el Consejo de Estado, dado que la Constitución exige que, para mantener la personería jurídica de los partidos y movimientos políticos, se acredite la obtención de un número mínimo de votos válidos que no sea inferior al 3% en las elecciones de Cámara o Senado, y no en las presidenciales, como lo pretende parte accionante.

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A juicio de la sala, la decisión contrarresta los efectos disfuncionales de un régimen presidencial dentro del contexto de una cultura caudillista “en la que por momentos prevalece el culto a la personalidad, sobre una concepción institucionalizada del poder y del sistema democrático”.
 

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