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Cierran tienda Adidas en Bogotá; no cumplía con requisito indispensable para clientes

La Dian tomó la medida siguiendo el debido proceso, después de una serie de visitas de control a esta importante tienda de Adidas en Bogotá.

Cierran tienda Adidas en Bogotá; no cumplía con requisito indispensable para clientes
Foto: DIAN // Tienda Adidas de referencia.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) llevó a cabo el cierre temporal del establecimiento Outlet Adidas Bogotá, ubicado en la Carrera 60 # 10 – 68.

La medida, que se extenderá por tres días, se tomó conforme a lo dispuesto en el Artículo 657 del Estatuto Tributario, debido a incumplimientos en la expedición y entrega de la factura electrónica.

Según la Dian, el cierre se realizó siguiendo el debido proceso tras una serie de visitas de control iniciadas por una denuncia ciudadana. Allí la entidad verificó las irregularidades, atendió los descargos del establecimiento y evaluó las evidencias antes de confirmar la sanción.

Cierres de la Dian en Bogotá

Durante 2024, la Dian ha realizado cierres en diversos comercios de Bogotá, incluidos restaurantes, tiendas de frutas y verduras, comercios de ropa y artículos para el hogar, entre otros.

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La Dian invita a los establecimientos de comercio a cumplir con sus obligaciones tributarias y a la ciudadanía a exigir siempre la factura electrónica de sus compras. Los compradores solo necesitan proporcionar tres datos: nombre o razón social, número de cédula o NIT, y correo electrónico", sostuvo la entidad.

Desde el 1 de mayo de 2024, los establecimientos que aún expiden documento equivalente POS deben comenzar a implementarlo de manera electrónica, conforme a la Resolución 00165 de 2023 y el Artículo 23 de la Resolución 000008 de 2024.

Cierran tienda Adidas en Bogotá; no cumplía con requisito indispensable para clientes
Foto: Dian.

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Etapas del proceso de sanción de la Dian

  1. Visita de Control: Verificación del cumplimiento de la facturación electrónica (Artículo 653 del ET).
  2. Pliego de Cargos: Formulación de cargos ante posibles irregularidades, con un plazo de 10 días hábiles para responder.
  3. Análisis y Descargos: Evaluación de evidencias y explicaciones del contribuyente, con una duración máxima de seis meses.
  4. Resolución y Sanción: Emisión de la resolución de sanción con un cierre de tres días y posibilidad de recurso de reposición.
  5. Recurso y Fallo: Análisis del recurso y resolución en un máximo de 10 días hábiles.

"Los establecimientos pueden optar por el pago de una multa para evitar el cierre, calculada sobre los ingresos brutos operacionales del mes anterior a la visita que originó el proceso (Artículo 657 del E.T)", explicó la Dian.

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