Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Publicidad

Reglamentación de accesos al aborto obedece a orden de Corte Constitucional: MinSalud

Ministro Juan Pablo Uribe aseguró que no hay un cambio de fondo, sino que solo se están unificando las normas que han reglamentado ese derecho.

346708_Juan Pablo Uribe, ministro de Salud // Foto: MinSalud
Juan Pablo Uribe, ministro de Salud // Foto: MinSalud

El Ministerio de Salud trata de calmar a los grupos religiosos y conservadores que anuncian varias protestas por la resolución que busca eliminar las barreras para que las mujeres puedan acceder al aborto en los tres casos permitidos en Colombia.

No deje de leer: ¡Se salió de la ropa el padre Linero durante debate sobre el aborto!

El ministro Juan Pablo Uribe aseguró que no hay un cambio de fondo, sino que solo se están unificando las normas que han reglamentado este derecho.

La orden de la Corte daba plazo de seis meses que vencían este 24 de octubre y ante esta situación el Gobierno solicitó una ampliación del plazo en 60 días para garantizar la recepción de todos los comentarios de la opinión pública alrededor del proyecto de resolución que reglamenta lo solicitado por la Corte Constitucional sobre el aborto en Colombia.

Publicidad

"No hay nada nuevo en la propuesta de resolución distinto a dejar unificado en un solo documento el procedimiento mediante el cual las mujeres, en estos tres casos despenalizados, pueden acceder con calidad y seguridad a la interrupción voluntaria del embarazo, la resolución busca dar claridad sobre las responsabilidades y funciones a lo largo de esa atención sobre distintos elementos importantes para que se dé ese acceso a los servicios de salud con responsabilidad y cumpliendo con todos los condicionamientos de la corte constitucional sobre esa materia", explicó el ministro.

La resolución plantea el derecho a tener la seguridad y calidad en el proceso, es decir cuándo se va a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo, así como los parámetros de seguridad y calidad.

Publicidad

La Corte Constitucional ha explicado en diferentes sentencias que el tiempo gestacional no lo determinan los jueces, sino las personas al momento de tomar esta decisión con los apoyos requeridos y el análisis de cada caso en particular.

La resolución no precisa todas las posibilidades que se puedan dar en un caso particular, pero la sentencia de la Corte Constitucional y sus lineamientos han dejado claro que la objeción de conciencia individual es un derecho que debe ser respetado y garantizado.

El alto tribunal también ha dicho en múltiples ocasiones que esta no es una facultad institucional, es decir, la objeción no aplica para instituciones, hay unas responsabilidades para cumplirles a la mujer en estos casos despenalizados y la EPS correspondiente debería buscar en los casos extremos de su red la posibilidad de cumplir con la interrupción voluntaria del embarazo si se certifica los tres casos despenalizados en Colombia.

Convierta a BLU Radio en su fuente de información preferida en Google Noticias.

Publicidad

La resolución habla de 5 días que son los plazos en los cuales se deben dar los chequeos necesarios y confirmaciones de la tipificación de alguno de los tres casos, cuando la mujer queda embarazada por violación, cuando está en peligro su salud física o mental o cuando el feto tiene una malformación que hará inviable su vida.

Publicidad

Conozca las noticias de saludy bienestar en Colombia y el mundo. EPS, sistema de salud, procedimientos, consejos y toda la información de la actualidad con el equipo de BLU Radio.

 

  • Publicidad