Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Publicidad

Sancionan a Jorge Iván Ospina y otros directivos de Nueva EPS: no entregaron medicamento a paciente

La decisión concluyó que la Nueva EPS incumplió una orden judicial para suministrar medicamentos a un paciente con glaucoma.

Jorge Iván Ospina interventor Nueva Eps
Imagen tomada en la Foscal Internacional. Jorge Iván Ospina interventor Nueva Eps

Un juez de Medellín declaró en desacato al agente interventor de Nueva EPS, Jorge Iván Ospina Gómez, así como al gerente regional de Salud de Antioquia, Ricardo Adolfo Echeverría Charicha, y al gerente Regional Noroccidente, Carlos Andrés Vasco Álvarez, al establecer que incumplieron una sentencia de tutela que ordenaba garantizar la entrega de medicamentos a un paciente con glaucoma.

La decisión fue adoptada por el Juzgado Veintiséis Administrativo Oral del Circuito de Medellín, que concluyó que los directivos no acataron la orden del pasado 3 de julio para suministrar a un hombre, identificado como Eduardo Torres Pérez, los medicamentos prescritos para tratar su enfermedad ocular y garantizar la continuidad de su tratamiento.

Según el expediente, el paciente promovió un incidente de desacato al denunciar que, pese al fallo de tutela, la Nueva EPS no había entregado los medicamentos ordenados. El despacho judicial abrió formalmente el incidente el 15 de julio y notificó a los tres funcionarios para que explicaran el presunto incumplimiento. Sin embargo, el juzgado señaló que ninguno presentó respuesta dentro del trámite.

Nueva EPS
Nueva EPS
Foto: https://saluddecaldas.gov.co/

Al analizar el caso, el juez determinó que el incumplimiento fue total, ya que los medicamentos ordenados, Dorzolamina, Timolol, Brimonidina y Latanoprost para un tratamiento de doce meses, nunca fueron suministrados al paciente, pese a que la tutela había fijado un plazo de tres días hábiles para cumplir la orden.

En el fallo, el juez sostiene que los tres directivos incurrieron en conductas “evasivas y negligentes”, al no demostrar ninguna circunstancia que justificara el incumplimiento de la orden judicial. Además, concluyó que omitieron el deber de garantizar el derecho fundamental a la salud.

Como consecuencia, el juez impuso a Jorge Iván Ospina Gómez, Ricardo Adolfo Echeverría Charicha y Carlos Andrés Vasco Álvarez una multa individual equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente, la cual deberá ser pagada y consignada a favor del Consejo Superior de la Judicatura dentro de los cinco días siguientes a la ejecutoria de la decisión.

Publicidad

Publicidad

Publicidad