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Iván Moreno, condenado a 14 años de prisión por ‘carrusel de la contratación’

El alto tribunal lo halló responsable de los delitos de concusión, tráfico de influencias e interés indebido en la celebración de contratos.   Moreno...

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El alto tribunal lo halló responsable de los delitos de concusión, tráfico de influencias e interés indebido en la celebración de contratos.

 

Moreno Rojas se vio comprometido con el escándalo valiéndose no sólo de su investidura  como congresista sino aprovechándose de su hermandad con el entonces alcalde Samuel Moreno para obtener contratos de manera irregular del IDU.

 

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El excongresista orquestó el ilícito con los polémicos Nule con los que acordó pagos de comisiones y 'tajadas 'para que les avalarán la concesión de la vía Bogotá-Girardot para que su esposa instalara dos estaciones de gasolina.

 

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Este es el comunicado completo:

 

Bogotá, D.C., lunes 27 de octubre de 2014. Tras declararlo responsable de los delitos de concusión, tráfico de influencias e interés indebido en la celebración de contratos, una Sala de Juzgamiento de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia condenó a 14 años de prisión al exsenador Néstor Iván Moreno Rojas.

 

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En este primer proceso, la Corte determinó la responsabilidad del entonces senador en los ilícitos que se cometieron en la contratación de la rehabilitación de la malla vial del Distrito Capital en 2008. Además, comprobó su exigencia indebida al llamado Grupo Nule de zonas de la concesión vial Bogotá–Girardot, para que su esposa instalara dos estaciones de gasolina.

 

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Conforme con el contenido de la acusación, este juicio se limitó a establecer  el compromiso del excongresista en las irregularidades que, durante la administración de su hermano Samuel Moreno Rojas, rodearon el trámite de la licitación 06 de 2008 que condujo a la adjudicación  de los contratos 071 y 072 –por parte del Instituto de Desarrollo Urbano, IDU– a uniones temporales donde el Grupo Nule tenía participación. Conductas que, según el pronunciamiento, cometió prevalido de su calidad de Senador de la República y particularmente del Polo Democrático, partido político al cual también pertenecía el Alcalde de Bogotá.

 

Esta circunstancia, sostiene la providencia, le otorgaba especial preponderancia sobre las  entidades del Distrito Capital, entre ellas el IDU, donde ejercía fuerte poder burocrático por ser una de sus cuotas políticas asignadas como senador del partido de gobierno distrital.

 

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“(…) Motivado por las propuestas económicas de contratistas particulares pertenecientes al ‘Grupo Nule’ –agrega el pronunciamiento–, se comprometió a colaborarles en su objetivo de conseguir a su favor la asignación irregular de contratos, y por ello intervino contactando a funcionarios del IDU sobre quienes ejerció su poder como congresista del Polo Democrático, movimiento político que gobernaba el Distrito Capital, determinando a su Directora –Liliana Pardo– para que amañara el proceso licitatorio 06 de 2008, a quien por su ilícita labor, a manera de gratificación, el ‘Grupo Nule’ también había ofrecido el pago de comisiones, las cuales se financiarían con el producto de los anticipos que habría de recibir ese grupo como adjudicatario de contratos para la rehabilitación de la malla vial de Bogotá”.

 

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Para la Corte,

 

“Con independencia de la calificación jurídica que se le hubiera dado a los hechos, lo cierto es que desde la resolución de acusación se le reprochó a NÉSTOR IVÁN MORENO ROJAS el abuso y aprovechamiento indebido que hizo de su investidura como Senador del Polo Democrático para ejercer dominio frente a funcionarios del orden distrital, siendo esa la razón principal por la que fue contactado por particulares interesados en contratar con la Capital de la República, para quienes resultaba garantía de efectividad la influencia que sobre el IDU podía ejercer el Senador del partido que gobernaba la administración distrital, cuya cabeza era el Alcalde Mayor quien había sido elegido por el mismo movimiento político”.

 

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En el juicio adelantado en esta oportunidad, la Corte halló responsable al exsenador Moreno Rojas como autor del delito de concusión, por exigir a Miguel Nule Velilla asignar –en favor de su esposa, la señora Lucy Luna de Moreno– dos zonas destinadas a estaciones de gasolina en la Concesión Bogotá–Girardot, bajo amenaza de dañarle sus relaciones contractuales con el Distrito Capital. Además, lo declaró responsable como autor del delito de tráfico de influencias y determinador de interés indebido en la celebración de los contratos 071 y 072 de 2008, relacionados con la rehabilitación de la malla vial de Bogotá.

 

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Por último, la Sala de Juzgamiento remite copia de la sentencia a la Sala de Instrucción n° 3 de esta Corporación, para que, de acuerdo con las pruebas de este expediente, proceda a determinar la posible configuración del delito de concierto para delinquir en las otras investigaciones que adelanta contra el exsenador Néstor Iván Moreno Rojas. Indagaciones en las cuales se busca establecer, entre otros hechos, su presunto enriquecimiento ilícito como producto del dinero que habría recibido de los contratistas.

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