Según el pliego de cargos, la falta disciplinaria fue calificada como “grave, cometida a título de dolo”, pues el mandatario habría desconocido la normatividad “pese a tener conocimiento de ella y a ser advertido reiteradamente” por el Concejo de Bogotá.
Para el Ministerio Público, el exalcalde obró en su actuar con dolo, "lo que hace parte de aquellos elementos que agravan su comportamiento, pues el conocimiento del hecho, de su ilicitud y su actuar voluntario no dan más espacio que para considerar que este elemento debe hacer parte de la dosificación de la sanción a imponer".
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Igualmente, "la posición dominante del disciplinado y su jerarquía dentro de la administración distrital le imponen una carga de la mayor entidad, teniendo en cuenta que es la máxima autoridad territorial del distrito capital y que sus decisiones influyen en todos y cada uno de los ciudadanos".
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Estos elementos hacen parte del juicio de proporcionalidad y razonabilidad, entendiendo que se parte de un mínimo y de un máximo para imponer la sanción, en los términos del artículo 46 de la Ley 734 de 2002.
Posteriormente, el exalcalde aseguró a través de su cuenta en Twitter que es una persecución de Ordóñez.
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Ordoñez aprovecha su tiempo para lograr acumular tres sanciones r inhabilitarme para la próxima campaña electoral https://t.co/9Drb3GErF3
— Gustavo Petro (@petrogustavo) June 28, 2016
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Fiscalía archivó proceso en que me acusaban por decretar el POT d Bogotá y dijo que normas no eran claras. Ordoñez me persigue políticamente
— Gustavo Petro (@petrogustavo) June 28, 2016