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MinSalud no ha sido notificado sobre el fallo que permite eutanasia a enfermedades no terminales

El Ministerio de Salud se refirió a la cancelación del procedimiento de Martha Liria Sepúlveda y explicó que legalmente aún no se ha abierto la puerta a la eutanasia en casos no terminales.

Caso eutanasia a Martha Liria Sepúlveda.png
Caso eutanasia a Martha Liria Sepúlveda
Foto: Noticias Caracol - Referencia

A través de un comunicado, el Ministerio de Salud se refirió a la cancelación del procedimiento de eutanasia de Martha Liria Sepúlveda por parte del Instituto Colombiano del Dolor en Medellín. Según el Ministerio, hasta el momento, en Colombia no se han realizado eutanasias que no cumplan con el requisito de enfermedad terminal.

Según esta comunicación del Ministerio de Salud, la práctica de la eutanasia solamente está regulada para otras situaciones, pero para este argumento, “en consecuencia, los casos en conocimiento del Ministerio de Salud y Protección Social, todos cumplen con tal característica. Sobre el caso de la señora Sepúlveda, no se conocen mayores detalles, puesto que el Ministerio hace revisión exhaustiva del caso una vez, ya se han realizado los procedimientos”, menciona.

Sin embargo sobre el fallo de la Corte Constitucional en ese sentido, MinSalud afirma que aún no han sido notificados, por lo cuál legalmente no es viable esta posibilidad, “en relación con el comunicado de prensa que da a conocer la sentencia C-233 de 2021, la Corte Constitucional aún no ha notificado el fallo a este ministerio, por lo tanto no se producen los efectos jurídicos derivados de la sentencia, dado que no es conocido el fallo en su integralidad”, puntualiza.

Cabe recordar que en las últimas horas la IPS canceló el proceso de eutanasia a Martha Liria Sepúlveda, quien estaba preparada para recibir este procedimiento el domingo, 10 de octubre, a las 7:00 de la mañana, y quien sería la primera persona sin una enfermedad terminal en obtener la eutanasia.

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