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Los 10 puntos principales de lo que será la “nueva realidad” en Bogotá

El decreto fue publicado en la noche de este 26 de agosto y su aplicación inicia de forma inmediata.

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La Alcaldía de Bogotá expidió el decreto que regula las condiciones de lo que ha sido llamado por las autoridades distritales como “la nueva realidad”.

El decreto fue publicado en la noche de este 26 de agosto y su aplicación inicia de forma inmediata.

En el documento "se adoptan medidas transitorias de policía para garantizar el orden público en el Distrito Capital y mitigar el impacto social y económico causado por la pandemia de coronavirus SARS-Cov-2 (COVID-19) en el periodo transitorio de nueva realidad”.

Estos son algunos de los puntos principales (tenga en cuenta que varios de los puntos cuentan con aclaraciones explicadas en el decreto que encontrará al final de esta nota):

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1. HABRÁ TURNOS PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS:

De acuerdo con el Distrito, esta medida se toma para minimizar las aglomeraciones en el espacio y en el transporte público.

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El modelo contempla que determinados sectores económicos funcionen por días y horarios determinados:

2. PICO Y CÉDULA:

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De acuerdo con el decreto, el pico y cédula se mantiene tal como funciona hoy en día para el ingreso a cualquier establecimiento a realizar actividades como la compra de bienes y servicios teniendo como excepción salud, farmacia y servicios funerarios.

Cabe recordar que en los días impares no podrán acceder las personas cuya cédula o documento de identidad termine en dígito impar y en los días pares quienes tengan documento que finalice en número par.

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3. MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD:

Se deben mantener las medidas de bioseguridad para garantizar el autocuidado.

El uso de tapabocas obligatorio al salir de casa, el distanciamiento físico de al menos dos metros entre cada persona, medidas de higiene y distanciamiento para el personal, clientes y funcionamiento de los establecimientos y locales que abran al público, entre otros.

4. REGISTRO EN PLATAFORMA:

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Las empresas que inicien con las actividades autorizadas deben realizar un registro de inscripción en la plataforma www.bogota.gov.co/reactivacion-economica

5. TELETRABAJO Y TRABAJO EN CASA:

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De acuerdo con el decreto, todas las entidades del sector público y privado “deberán implementar mecanismos para que sus empleados o contratistas cuya presencia no sea indispensable en la sede de trabajo, desarrollen las funciones y obligaciones bajo las modalidades de teletrabajo, trabajo en casa u otras similares”.

6. CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS:

En el documento se explica que está prohibido el consumo de bebidas embriagantes en establecimientos de comercio y espacios abiertos.

Además, la venta de bebidas embriagantes estará restringida entre las 9:00 de la noche y las 10:00 de la mañana.

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“De manera excepcional se autoriza el expendio de bebidas embriagantes cuando se realice como complemento a platos servidos a la mesa por parte de establecimientos y locales gastronómicos”.

7. RESTRICCIONES AL COMERCIO

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“Los establecimientos y locales comerciales de esparcimiento y versión tales como bares, discotecas, ocio y entretenimiento, billares, de juegos de azar y apuestas tales como casinos, bingos y terminales de juego de video y demás similares tendrán restringido su funcionamiento”, dice el decreto.

8. MANIFESTACIONES

Según explica el decreto, está restringido cualquier tipo de aglomeración de personas en espacio público con el fin de prevenir y controlar la propagación del coronavirus.

Las autoridades deberán garantizar el cumplimiento de esta medida.

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9. TRANSPORTE PÚBLICO

El Distrito autoriza que la ocupación del transporte público en la ciudad sea de un 50 por ciento en promedio con el fin de garantizar la prestación del servicio. Se deben mantener las medidas de bioseguridad pertinentes.

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10. CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS

“Durante la vigencia del estado de calamidad decretado por el gobierno distrital solo podrán circular los vehículos necesarios para cumplir con las actividades autorizadas”, asegura el decreto.

Encuentre en detalle cada uno de los puntos de la “nueva realidad”, sus aclaraciones y excepciones en el decreto expedido por la Alcaldía de Bogotá:

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